Velilla de San Antonio. Régimen económico. Ordenanza fiscal

Siendo definitivo el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las siguientes tasas y precios públicos municipales, y transcurrido el plazo de alegaciones sin que se haya presentado ninguna, y en cumplimiento de los dispuesto en los artículos 14.4 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, y el 107 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de las Bases de Régimen Local, se publica a continuación el texto íntegro de los artículos modificados:

Precio público número 7: actividades para las enseñanza, socioculturales y aire libre en el área de Juventud, Infancia y Familias

Artículo 4.o Cuantía.—1. La cuantía de este precio será la fijada en las tarifas siguientes para cada uno de los distintos servicios y /o actividades.

2. Tarifas:

A) Salidas, excursiones, visitas:

A.1) Salidas de un día:

a) Con transporte a un ratio < de 150 km:

— Adultos (>16 años): 10,00 euros.

— Infantil y juvenil (3 a 30 años): 5,00 euros.

b) Con técnicas de aire libre, multiaventura o entrada y transporte < de 150 km:

— El 100 % del coste del servicio.

A.2) Salidas de fin de semana:

a) Con transporte a una ratio < de 150 km:

— Adultos (>16 años): 25,00 euros.

— Infantil y juvenil (3 a 30 años): 15,00 euros.

b) Con técnicas de aire libre, multiaventura o entrada y transporte < de 150 km:

— El 100 % del coste del servicio.

B) Multiaventuras, campamentos y viajes de la campaña de verano:

— El 100 % del coste del servicio.

C) Campañas invierno. Viajes esquí: el 100 % del coste del servicio.

Para cada una de estas actividades, se les aplicará la tarifa según variación de gastos totales del servicio: según participantes, servicios contratados y kilometraje.

D) Actividades formación, cursos y talleres:

D.1) Monográficos y talleres:

— Monográficos y talleres de menos de 30 horas: 15,00 euros.

— Monográficos y talleres entre 30 y 60 horas: 50,00 euros.

D.2) Cursos de larga duración:

— Cursos de más de 60 horas y 100 horas: 100,00 euros.

— Cursos de más de 100 y 150 horas: 210,00 euros.

— Cursos de más de 150 horas: 230,00 euros.

Para cursos, sujetos a convenio y/o subvenciones con la Escuela Pública de Animación u otras entidades similares, se aplicará una reducción de entre el 30 % y 50 %, por alumno/a, según gastos total de la plaza.

E) Actividades club de ocio infantil:

— Matrícula anual: 35,00 euros.

— Actividades fuera del Municipio se aplicará: 2,00 euros.

F) Actividades Espacio Joven:

a) Entradas a eventos actos Casa Juventud:

— Actividad de coste inferior a 200 euros: 0,00 euros.

— Actividad de coste entre 200 y 400 euros: 3,00 euros.

— Actividad de coste superior a 400 euros: 5,00 euros.

b) Actividades fuera del municipio con transporte privado:

— El 100 % del coste del servicio.

Para cada una de estas actividades, se les aplicará la tarifa según variación de gastos totales del servicio: según participantes, servicios contratados y kilometraje.

G) Alquiler de espacios:

a) Espacio de Salón de actos: 20,00 euros/hora.

b) Espacio taller: 15,00 euros/hora.

c) Todo el espacio (excepto despachos): 40,00 euros/hora.

Nota: la reserva mínima será de 2 horas.

La solicitud de alquiler de estas instalaciones se hará con antelación y por escrito, bien por sede electrónica o bien en Registro del Ayuntamiento en el formulario y trámite habilitado para tal fin. Para poder hacer uso de la misma, será imprescindible la recepción de la autorización expresa.

Art. 6.o Liquidación e ingreso.—2. Y de acuerdo con la calificación de cada actividad:

a) Para salidas, excursiones y campañas verano e invierno, cursos y talleres se realizará mediante ingreso bancario en la cuenta indicada a tales efectos, una vez abierto el plazo de inscripción de la actividad.

b) Para el acceso a la Casa Juventud del evento que se considerase del programa "Espacio Joven" se abonará mediante ingreso bancario en la cuenta indicada a tales efectos.

Art. 9.o Exenciones y bonificaciones.—1. Todos aquellos usuarios que presenten certificado de discapacidad emitida por el órgano correspondiente, tendrán las siguientes deducciones en las tarifas reflejadas en el artículo 4:

— Discapacidad iguales o superiores al 33 %, el 15 % de deducción.

— Discapacidad iguales o superiores al 65 %, el 50 % de deducción.

2. Si existiesen tres miembros o más de la misma unidad familiar haciendo uso del presente servicio, el tercer miembro y los siguientes, tendrán una reducción en las tarifas reflejadas en el artículo 4 de este precio público, del 15 % (excepto alquiler de espacios).

3. Aquellos usuarios que ostenten y acrediten, la condición de familia numerosa tendrá derecho a una bonificación del 50 % sobre las tarifas reflejadas en el artículo 4 de este precio público (excepto alquiler de espacios).

Los usuarios de las actividades, podrán ser beneficiarios únicamente de una las reducciones aprobadas. En los casos en los que concurran más de una de las reducciones establecidas, tendrán que solicitar la que más se adecue a sus necesidades.

4. Para las Asociaciones o Clubes que soliciten colaboración con el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio para realizar eventos sin ánimo de lucro que beneficien al municipio y fomenten actividades infanto-juveniles entre vecinos y vecinas, se valorará desde la Concejalía de Infancia y Juventud, el proyecto aportado por el solicitante para aprobar la exención del pago del alquiler del espacio.

En caso de ser aprobado el proyecto y la cesión de la instalación, el solicitante se compromete a dar difusión al evento mediante un cartel que debe aprobar el área de comunicación del Ayuntamiento y añadir el logotipo de este como colaborador.

Se deroga:

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Las cuantías del precio público reguladas en la presente ordenanza se gravarán con el IVA correspondiente.

Tasa número 11. Instalaciones Deportivas Municipales.

Art. 3. Normas generales.

Altas.—Junto con el abono de la matrícula, se presentará en las Instalaciones Deportivas Municipales (IDM), la solicitud de actividad, tantas solicitudes como actividad se pretenda realizar. Las altas se realizarán por meses completos.

Bajas.—Deberán solicitarse en las oficinas rellenando el formulario correspondiente. No se devolverá el importe de la actividad una vez se hayan emitido los correspondientes recibos del trimestre, salvo causa médica o motivos laborales debidamente justificados. Para solicitar la devolución será necesario aportar fotocopia del justificante de pago, y una vez autorizada esta, se hará pasado el plazo de devolución del recibo en el banco.

Incumplimientos de las normas de la IDM.—La Instalación Deportiva Municipal se rige por unas normas básicas de obligatorio cumplimiento, el incumplimiento de estas normas puede suponer la expulsión de la IDM y/o la baja de la actividad, en este caso no se devolverá el importe ya abonado.

Matrícula única.—Se deberá abonar una matrícula por cada temporada de la oferta deportiva (de octubre a junio y de julio a septiembre), excepto para aquellos usuarios que soliciten la expedición del Carné de Socio Deportivo.

En caso de matrículas, una vez comenzado el trimestre, se abonará el importe de la matrícula y el de las mensualidades pendientes hasta la siguiente emisión de recibos.

No se aplicará ninguna bonificación sobre el importe de la matrícula.

Matrícula 11,00 euros.

Carné de Socio Deportivo.—Se expedirá, a petición del usuario, el Carné de Socio Deportivo para la realización de cualquier actividad de las Instalaciones Deportivas Municipales.

— Expedición carné de Socio Deportivo: 25,00 euros.

— Expedición carné de Socio Familia Numerosa: 18,75 euros.

— Expedición carné de Socio 3.o Edad: 5,00 euros.

Exenciones y bonificaciones.—No se concederán exenciones ni bonificaciones distintas de las que a continuación se detallan:

— Para las personas que tengan la condición de familia numerosa, siempre acreditando la misma, con la presentación del carné de familia numerosa, podrán beneficiarse para todas las actividades, de un 25 % de bonificación, sobre las tarifas que se indican en la presente ordenanza. Excepto Alquiler de Instalaciones.

— Para las personas que acrediten mediante certificado expedido por el INSS u órgano competente, una discapacidad igual o superior al 33 %, gozarán de las siguientes bonificaciones sobre las tarifas reguladas en la presente ordenanza, excepto para la piscina municipal y alquiler de Instalaciones:

• Discapacidad del 33 %: el 40 % de bonificación.

• Discapacidad del 55 %: el 80 % de bonificación.

• Discapacidad igual o superior al 65 %: 100 % de bonificación.

• Los jubilados y pensionistas empadronados que lo justifiquen debidamente, tendrán una bonificación del 100 %, sobre la actividad de Gerontogimnasia, especialmente programada para ellos, debiendo abonar únicamente el importe de matrícula única. Para la realización de cualquier otra actividad, dicha condición conllevará un descuento sobre el precio de esta tasa del 50 %.

— Para las personas miembros de la misma unidad familiar que así lo justifiquen, se aplicará un descuento del 10 % al 2.o miembro sobre la actividad que se matricule y un 20 % de descuento a las del 3.o y sucesivos miembros. Estos descuentos no son aplicables sobre la matrícula, ni acumulables a otros.

— Para las personas con expedientes iniciados en Servicios Sociales, motivados y propuesto por la concejalía de Servicios Sociales, en función de su situación de vulnerabilidad dispondrán de exenciones parciales o totales de las actividades que se matriculen.

— Para las personas que acrediten estar en posesión del Carné Joven, se aplicará un 25 % de descuento en el alquiler de pista polivalente y campo de fútbol.

Todos los usuarios deben tener entre 14 y 30 años, de lo contrario se aplicará el precio de adulto sin descuento.

— Para las asociaciones o clubes que soliciten colaboración con el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio para realizar eventos deportivos sin ánimo de lucro que beneficien al municipio y fomenten la práctica deportiva entre vecinos y vecinas, se valorará desde la concejalía de Deporte el proyecto aportado por el solicitante para poder aprobar la exención del pago de la Instalación Deportiva.

En caso de ser aprobado el proyecto y la cesión de la instalación, el solicitante se compromete a dar difusión al evento mediante un cartel en el que debe añadir el logotipo del Ayuntamiento, que deberá aprobar el área de comunicación. Además se debe colaborar en facilitar la visibilidad del evento a través de la Concejalía de Deportes y el Ayuntamiento.

Únicamente podrán ser beneficiarios de una de las reducciones aprobadas.

En los casos en los que concurran más de una de las reducciones establecidas, pueden solicitar la más ventajosa.

Para cualquier modalidad deportiva o curso intensivo que no estuviese incluido en la oferta deportiva, se le aplicará el mismo criterio de tasa que lo regulado en la presente ordenanza.

Fianzas.—Para la utilización de Instalaciones Deportivas Municipales que se realicen durante una temporada completa, los solicitantes deben ingresar en concepto de garantía por posibles daños, la cantidad de 160 euros, en caso de desperfectos en las IDM, se descontará de esta cantidad el importe de su reparación. En el supuesto de que los costes asciendan del importe de la fianza, se pasará un cargo al responsable.

Al finalizar la temporada se realizará la devolución parcial o completa de la fianza si corresponde.

Reconocimiento médico.—El reconocimiento médico es opcional para los usuarios de la IDM. La matriculación en cualquier actividad, como se indica en la hoja de inscripción implica que el usuario se encuentra en perfectas condiciones para la realización de esta, asumiendo la responsabilidad derivada de su falta de condición física.

Art. 5. Cuantía.—La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza se fijará de forma definida en el apartado siguiente:

— Entradas:

• Entradas adultos: 6,00 euros.

• Entradas menores: 4,00 euros.

• Entradas medio día (de 16:00 horas a cierre): 3,00 euros.

* Nota: a esta tarifa no le es de aplicación ningún tipo de bonificación.

— Abonos:

• Abono temporada menor: 55,00 euros.

• Abono temporada adulto: 70,00 euros.

• Abono temporada menor familia numerosa: 41,25.

• Abono temporada adulto familia numerosa: 52,50.

• Abono de 10 baños adultos: 40,00 euros.

• Abono de 10 baños menores: 26,00 euros.

— Cursos de natación:

• Matrícula: 11,00 euros.

• Cursos natación: 17,00 euros.

• Curso Aquagym: 25,00 euros.

Nota: a la matrícula no le es aplicable ningún tipo de bonificación.

Nueva expedición del carné por pérdida o deterioro 3,00 euros.

Descuentos y exenciones:

— Para las personas que acrediten estar en posesión del Carné Joven, se aplicará una reducción del 15 % sobre el precio vigente.

— Para las personas que acrediten su condición de familia numerosa, se aplicará una reducción del 25 % sobre el precio vigente.

— Para las personas que acrediten su condición de pensionistas, se aplicará una reducción del 50 % para los abonos sobre el precio vigente.

— Para las personas que acrediten mediante certificado expedido por el INSS u órgano competente, una discapacidad igual o superior al 65 %, se les concederá un abono gratuito.

Art. 6. Instalaciones deportivas.

Pistas de tenis:

— Socio deportivo infantil (hasta 14 años):

• Utilización de pistas: 3,00 euros/hora.

• Abonos de 10 horas: 20,00 euros.

Jugando un usuario infantil con un usuario adulto, se aplicará la tarifa de adulto.

— No socio deportivo infantil (hasta 14 años).

• Utilización de pistas: 4,00 euros/hora.

• Abono de 10 horas: 30,00 euros.

— Socio deportivo adulto y participante de Ranking de Tenis (a partir de 15 años).

• Utilización de pistas: 6,00 euros/hora.

• Abonos de 10 horas: 40,00 euros.

— No socio adulto (a partir de 15 años).

• Utilización de pistas: 7,00 euros/hora.

• Abono de 10 horas: 60,00 euros.

Pistas de pádel:

— Socio deportivo infantil (hasta 14 años).

• Utilización de pistas: 7,00 euros/hora.

• Abonos de 10 horas: 50,00 euros.

Jugando un usuario infantil con un usuario adulto, se aplicará la tarifa de adulto.

— No socio deportivo infantil (hasta 14 años).

• Utilización de pistas: 8,50 euros/hora.

• Abono de 10 horas: 70,00 euros.

— Socio deportivo adulto (a partir de 15 años).

• Utilización de pistas: 8,50 euros/hora.

• Abonos de 10 horas: 55,00 euros.

— No socio deportivo adulto (a partir de 15 años).

• Utilización de pistas: 10,50 euros/hora.

• Abonos de 10 horas: 75,00 euros.

Nota: comunes para pistas de tenis y pádel.

El usuario debe acreditar su condición de socio cuando acceda a las instalaciones deportivas y si fuera requerido por el personal de las citadas instalaciones, a la hora de alquilar una pista de tenis pádel con antelación.

Se deberá abonar, por suplemento de luz, con el alquiler de pistas de pádel, en todas las categorías. 3,50 euros/hora.

— Bono de luz (10 horas) pista de tenis y pádel:

• Socio: 28,00 euros.

• No socio: 32,00 euros.

Pabellón polideportivo cubierto:

— Alquiler de pistas:

• Usuarios hasta 14 años: 40,00 euros/hora.

• Usuarios adultos (a partir de 15 años): 70,00 euros/hora.

• Equipos de la liga local : 50,00 euros/hora.

• Abono de cinco horas para equipos de la liga local: 200,00 euros.

• Abonos entrenamiento equipos liga local (clubes federados de octubre a junio incluidos), por una hora semanal y pista (luz incluida): 700,00 euros.

• Abonos entrenamiento equipos liga local (clubes federados de octubre a junio incluidos), por una hora semanal y pista (sin luz): 640,00 euros.

Pista polivalente cubierta, sala de artes marciales y sala de rítmica:

— Alquiler de pistas:

• Usuarios hasta 14 años: 25,00 euros.

• Usuarios adultos (a partir de 15 años): 40,00 euros.

• Equipos de la liga local: 25,00 euros.

• Abono de cinco horas para equipos de la liga local: 100,00 euros.

• Abonos entrenamiento liga local, por una hora semanal y pista (luz incluida): 470,00 euros.

• Abonos entrenamiento liga local, por una hora semanal y pista (sin luz): 410,00 euros.

* Notas comunes para el pabellón polideportivo, pista polivalente cubierta, sala de artes marciales y sala de rítmica:

— La solicitud de alquiler de estas instalaciones se hará con antelación y por escrito, bien por sede electrónica o bien en Registro del Ayuntamiento en el formulario y trámite habilitado para tal fin. Para poder hacer uso de la misma, será imprescindible la recepción de la autorización expresa.

— Se abonará un suplemento de luz por el alquiler de pista en todos los casos de 9,00 euros.

— En el alquiler de pistas, cuando en un equipo el 25 % de los participantes tenga la categoría de adulto, deberá abonar la tarifa de adultos.

— El abono de cinco horas para los equipos de liga local es intransferible, no pudiendo estos, transferir esa ventaja para uso y disfrute a otros equipos no inscritos en la competición local, sino fuese así se les retirarán a todos sus miembros todas las ventajas de uso y disfrute de las Instalaciones Deportivas Municipales.

— El abono de cinco horas para los equipos de liga local, tendrá una validez de seis meses desde la fecha de expedición.

— Para poder adquirir el abono anual el solicitante debe asumir la responsabilidad del uso que se haga de la instalación y de los desperfectos o daños que se pudieran ocasionar a la misma. Además, debe realizar el ingresa de la fianza correspondiente.

Campo de fútbol:

— Partidos o entrenamientos para equipos locales:

• Medio campo: 40,00 euros/hora.

• Campo entero: 60,00 euros/hora (reserva mínima de 2 horas).

— Partidos o entrenamientos:

• Medio campo: 50,00 euros/hora.

• Campo entero: 85,00 euros/hora (reserva mínima de 2 horas).

Se deberá abonar un suplemento de luz de:

— Medio campo: 8,00 euros/hora.

— Campo entero: 12,00 euros/hora.

La solicitud de alquiler de esta instalación se hará con antelación y por escrito, bien por sede electrónica o bien en Registro del Ayuntamiento en el formulario y trámite habilitado para tal fin. Para poder hacer uso de la misma, será imprescindible la recepción de la autorización expresa.

Escuelas deportivas municipales (Programa DEUCO): baloncesto, voleibol, fútbol 7, fútbol sala:

— Cuota mensual: 12,00 euros.

Patinaje, ciclismo, artes marciales 2 horas semanales, gimnasia rítmica, y clases colectivas de adultos:

— Cuota mensual: 18,00 euros.

Artes marciales (3 horas semanales):

— Cuota mensual: 26,00 euros.

Cuota actividad colectiva 3.er día (sin matrícula):

— Cuota mensual: 8,00 euros.

Opción 3.er día artes marciales adulto (sin matrícula):

— Cuota mensual: 12,00 euros.

Notas: en ciclismo, artes marciales o cualquier otra modalidad que bien viniera marcado por la Federación correspondiente o recogido en la normativa del deporte infantil del Programa DEUCO de la Comunidad de Madrid, se deberá abonar una cuota anual, cuyo importe vendrá marcado por la Federación correspondiente, en concepto de Licencia Federativa.

Spinning:

— Cuota mensual spinning 1 hora semanal: 18,00 euros.

— Cuota mensual spinning 2 horas semanales: 36,00 euros.

* Nota: en la cuota mensual de spinning, están incluidas el disfrute de 2 horas semanales de uso de la sala de musculación (las horas que no se usen no podrán ser recuperadas).

Clases de tenis:

— Clases de tenis socios, hasta 14 años:

• Nivel A (iniciación): 24,00 euros.

— Clases de tenis no socios hasta 14 años:

• Nivel A (iniciación): 32,00 euros.

* Nota: el número máximo de alumnos en cualquier grupo será de 8. Clases de 2 horas semanales.

— Clases de tenis socios (a partir de 15 años):

• Nivel A (iniciación): 26,00 euros.

• Nivel B (medio/avanzado): 35,00 euros.

— Clases de tenis no socios (a partir de 15 años):

• Nivel A (iniciación): 34,00 euros.

• Nivel B (medio/avanzado): 45,00 euros.

* Nota: clases de 2 horas semanales.

** Nota: la categoría de iniciación se aplica únicamente al primer año de clases para alumnos a partir de 15 años.

— Participación de ranking anual de tenis: 25,00 euros.

* Nota: los socios deportivos estarán exentos de pagar esta cuota.

Clases de pádel:

— Clases de pádel socios hasta 14 años:

• Nivel 1: 22,00 euros.

• Nivel 2: 42,00 euros.

— Clases de pádel no socios hasta 14 años:

• Nivel 1: 27,00 euros.

• Nivel 2: 52,00 euros.

* Nota: el número de alumnos en cualquier grupo será de 6. El nivel 1 dará 1 hora de clase semanal, el nivel 2 dará 2 horas de clase semanales.

— Clases de pádel socios adultos (a partir de 15 años):

• Iniciación:

Nivel 1: 37,00 euros.

Nivel 2: 68,00 euros.

Nivel 3: 102,00 euros.

• Iniciación avanzada:

Nivel 1: 42,00 euros.

Nivel 2: 78,00 euros.

Nivel 3: 117,00 euros.

— Clases de pádel no socios adultos (a partir de 15 años).

• Iniciación:

Nivel 1: 40,00 euros.

Nivel 2: 74,00 euros.

Nivel 3: 111,00 euros.

• Iniciación avanzada:

Nivel 1: 45,00 euros.

Nivel 2: 84,00 euros.

Nivel 3: 126,00 euros.

* Nota: la categoría de iniciación se aplica únicamente al primer año de clases.

** Nota: el nivel 1 dará 1 hora de clase semanal, el nivel 2 dará dos horas de clase semanales.

Liga local de fútbol 7:

— Para equipos que tengan 50 % más uno de jugadores locales:

• Fianza: 160,00 euros.

• Inscripción: 250,00 euros.

• Ficha: 20,00 euros.

— Para equipos que no tengan 50 % más uno de jugadores no locales:

• Fianza: 160,00 euros.

• Inscripción: 320,00 euros.

• Ficha: 30,00 euros.

* Notas: la fianza será devuelta íntegramente al final de la temporada, excepto a los equipos expulsados de la competición. Dicha cantidad servirá de garantía de posibles daños causados por los equipos y/o sus jugadores. En caso de que los daños superen dicha fianza se pasaría un cargo, al equipo responsable, por la diferencia.

Como máximo se tramitarán 15 fichas de jugador por equipo. Las fichas de delegado y entrenador serán gratuitas.

Sala de musculación:

— Matrícula: 11,00 euros.

— Cuota mensual socio: 20,00 euros.

— Cuota mensual no socio: 25,00 euros.

La cuota mensual conlleva el uso ilimitado de la sala de musculación durante el mes abonado.

Velilla de San Antonio, a 11 de julio de 2024.—La alcaldesa, Antonia Alcázar Jiménez.

(03/11.416/24)

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