Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

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Extracto del decreto de 17 de junio de 2024, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad del Ayuntamiento de Madrid, por el que se aprueba la Convocatoria de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y para exalumnos/as del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por loterías y apuestas del estado, curso académico 2024-2025.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (en adelante BDNS): http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

BDNS (Identif.): 770141

Primero. Beneficiarios.—Para la obtención de la beca y/o ayuda será preciso tener la condición de exalumno/a de la Residencia Internado San Ildefonso o haber sido exalumno/a del Colegio Público San Ildefonso con participación en los sorteos realizados por la Sociedad Estatal de Loterías y Apuestas del Estado (en adelante SELAE).

Segundo. Objeto.—Concesión de becas y ayudas al estudio de carácter general para exalumnos/as de la Residencia Internado San Ildefonso y aquellos exalumnos/as del Colegio Público San Ildefonso que hayan participado en los sorteos realizados por la SELAE, con el fin de fomentar, al finalizar la Educación Primaria, la continuación de sus estudios en los niveles posteriores del sistema educativo.

Todo ello se enmarca en el convenio suscrito, con fecha 6 de febrero de 2023, entre la SELAE y el Ayuntamiento de Madrid, prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2024, mediante adenda de modificación y prórroga de fecha de 14 de diciembre de 2023.

Tercero. Bases reguladoras.—Se regirá por lo establecido en la presente Convocatoria; en la LGS; en el Reglamento General de Subvenciones (en adelante RGS); en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante OBRGS) y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria asciende a ciento veinticinco mil euros (125.000 euros), pudiendo comprender la beca y/o ayuda los siguientes componentes:

— Tasas por precios públicos, matricula o aportaciones voluntarias, así como cuotas abonadas en concepto de enseñanza reglada.

— Ayuda para transporte.

— Ayuda para material educativo didáctico, necesario para los estudios realizados.

— Ayuda complementaria en función de los estudios que se soliciten.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y finalizará el 15 de septiembre de 2024.

La solicitud de subvención se podrá presentar a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es o presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Educación, Juventud y Voluntariado y el delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.

La propuesta de concesión se publicará en la BDNS y en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es . Además, se podrá consultar en la página web del Ayuntamiento de Madrid ( www.madrid.es ).

Madrid, a 17 de junio de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.

(03/10.158/24)

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