Habiéndose aprobado por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 13 de junio de 2024, la lista definitiva de admitidos y excluidos así como la convocatoria para la realización del primer ejercicio del proceso selectivo y nombramiento del tribunal para la provisión de cuatro (4) plazas de Educador/a Infantil y bolsa para sustituciones del Ayuntamiento de Torres de la Alameda por procedimiento de concurso-oposición, correspondiente a la Oferta de Empleo Público de 2023.
Se publica la relación definitiva de excluidos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y la publicación íntegra de admitidos y excluidos y nombramiento del tribunal en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://torresdelaalameda.sedelectronica.es ) y en el tablón de anuncios para mayor difusión.
La realización del primer ejercicio comenzará el día 2 de julio de 2024, a las 9:30 horas, en el Instituto de Educación Secundaria "Senda Galiana" calle Palmeras, número 10, Torres de la Alameda (Madrid), debiendo portar los aspirantes la documentación identificativa.
El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de edictos de la Corporación; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas deberán hacerse públicos por el órgano de selección en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento con una antelación mínima de 48 horas y máximo de 30 días naturales.
Contra la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos, que es definitiva en vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante alcalde-presidente de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Torres de la Alameda, a 13 de junio de 2024.—El secretario general, Pedro Vizuete Mendoza.
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