Cabanillas de la Sierra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Bases y convocatoria proceso selección oficial de 2.a de Servicios Múltiples, Oficial de Servicios Múltiples de 1.a y Oficial de Primera de Jardinería que se proveerán mediante promoción interna (expediente número: 1/2024).

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la selección de personal referenciada y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y por decreto de Alcaldía, de 10 de junio de 2024, resuelvo:

Primero.—Aprobar las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes anteriormente referenciada.

Segundo.—Convocar las pruebas, comunicándolo a los efectos de que designen los miembros para formar parte del órgano de selección de la referida convocatoria.

BASES Y CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.—Es objeto de las presentes bases la provisión en propiedad de las plazas que se incluyen en la relación de puestos de trabajo de 2024.

— Denominación del puesto: Oficial de 2.a de Servicios Múltiples.

— Naturaleza: personal laboral.

— Naturaleza personal laboral: fijo indefinido.

— Categoría: D3.

— Jornada: 35 horas semanales de lunes a viernes.

— Horario: continuo.

— Retribuciones básicas: según convenio de Ayto. de Cabanillas de la Sierra.

— Titulación exigible: Graduado Escolar o equivalente.

— Sistema selectivo: concurso-promoción interna.

— Número de vacantes: 1.

— Funciones encomendadas: las señaladas en el convenio colectivo y el la RPT.

— Denominación del puesto: Oficial de 1.a de Servicios Múltiples.

— Naturaleza: Personal laboral.

— Naturaleza personal laboral: fijo indefinido.

— Categoría: D2.

— Jornada: 35 horas semanales de lunes a viernes.

— Horario: continuo.

— Retribuciones básicas: según Convenio de Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra.

— Titulación exigible: Graduado Escolar, Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de grado medio o equivalente. Permiso de conducir tipo "C".

— Sistema selectivo: concurso-promoción interna.

— Número de vacantes: 1.

— Funciones encomendadas: las determinadas en el Convenio y, en su caso, las recogidas en la RPT para oficial 1.a de servicios múltiples.

— Denominación del puesto: Oficial de 1.a de jardinería.

— Naturaleza: Personal laboral.

— Naturaleza personal laboral: fijo indefinido.

— Categoría: D2.

— Jornada: 35 horas semanales de lunes a viernes.

— Horario: continuo.

— Retribuciones básicas: según Convenio de Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra.

— Titulación exigible: Graduado Escolar, o equivalente.

— Sistema selectivo: concurso-promoción interna.

— Número de vacantes: 1.

— Funciones encomendadas: las determinadas en el Convenio y, en su caso, las recogidas en la RPT para oficial 1.a jardinería.

Segunda. Modalidad del contrato.—La modalidad del contrato es la de fijo conforme a lo establecido en los artículos 15 y 16 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

La jornada de trabajo será a tiempo completo de 35 horas semanales, de lunes a viernes.

Tercera. Condiciones de admisión de aspirantes.—Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos establecidos en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 4/2011, de 10 de marzo.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa, salvo que por ley se establezca otra edad máxima para el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios delas Comunidades Autónomas, no hallarse en inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las funciones propias del cuerpo, escala o categoría objeto de la convocatoria mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b) del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Poseer la titulación exigida para cada plaza conforme con lo estipulado en estas bases, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación, o bien, contar con una antigüedad mínima de 10 años en un Cuerpo o Escala del Grupo D.

f) Quienes aleguen titulaciones homologadas o equivalentes a las exigidas habrán de citar la disposición legal en la que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar una certificación expedida en tal sentido por el Órgano competente del Ministerio de Educación o cualquier otro Órgano de la Administración Pública para ello.

g) Tener una antigüedad de al menos dos años, presentando servicios efectivos en el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, como peón de servicios múltiples o peón de jardinería, y hallarse en servicio activo en este Ayuntamiento

Cuarta. Turno de reserva.—Al ofertarse una única plaza de cada categoría no se producirá reserva de cupo para personas que acrediten poseer una discapacidad de grado igual o superior al treinta y tres por ciento.

Quinta. Forma y plazo de presentación de instancias.—Podrán presentarse las instancias en el modelo oficial a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el plazo de 20 días hábiles.

Asimismo, las bases de la convocatoria se publicarán en la sede electrónica de este ayuntamiento ( https://sedecabanillasdelasierra.eadministracion.es ) y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales, se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.

Sexta. Admisión de aspirantes.—Expirado el plazo de presentación de instancias, la alcaldía dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este ayuntamiento ( https://sedecabanillasdelasierra.eadministracion.es ) y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión, se señalará un plazo de cinco días hábiles para subsanación. Transcurrido el plazo anterior sin reclamaciones, quedará aquella elevada a definitiva.

Vistas las alegaciones presentadas, por resolución de alcaldía, se procederá a la aprobación definitiva de la lista de admitidos y excluidos que, igualmente, será objeto de publicación en la sede electrónica de este ayuntamiento ( https://sedecabanillasdelasierra.eadministracion.es ) y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión.

En la misma publicación, se hará constar el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en la sede electrónica de este ayuntamiento ( https://sedecabanillasdelasierra.eadministracion.es ) y, en su caso, en el tablón de anuncios, para mayor difusión; en este supuesto los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas, deberán hacerse públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, en la misma resolución se hará constar la designación nominal del tribunal.

Séptima. Tribunal calificador.—Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

La composición del tribunal calificador es la siguiente: presidente, tres vocales y un secretario y sus correspondientes suplentes que deberán contar con la titulación requerida para cada plaza o superior.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a su labor en el proceso selectivo de asesores especialistas, en aquellas pruebas que consideren necesario y/o para aquellos aspectos concretos del proceso selectivo debido a la especialización técnica del trabajo a realizar. Su función se circunscribe a un mero asesoramiento, es decir, actúan con voz, pero sin voto, no participan en la toma de decisiones del Tribunal.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava. Sistemas de selección de los aspirantes.

Procedimiento de selección:

El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso.

a) Formación (hasta un máximo de 3 puntos):

— De más de 300 horas: 1 punto por curso.

— De 150 a 300 horas: 0,75 puntos por curso.

— De 1 a 149 horas: 0,50 puntos por curso.

Se aplicará la citada puntuación por una sola titulación y solo por la más alta alcanzada.

b) Experiencia: hasta un máximo de 7 puntos.

— Por haber prestado servicios en el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra en puestos de trabajo que guarden similitud con el contenido técnico y especialización de la plaza convocada, 0,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 5 puntos.

— Por haber prestado servicio como Oficial/técnico de mantenimiento o jardines en la empresa privada que guarden similitud con el contenido técnico y especialización de la plaza convocada, 0,5 puntos por año o fracción superior a 6 meses, hasta un máximo de 2 puntos.

Novena. Calificación.—La puntuación final será aquella obtenida como resultado de la suma de las anteriores, formación y experiencia.

Décima. Relación de aprobados, acreditación de los requisitos exigidos y formalización del contrato.—Concluidas las valoraciones de los méritos, se elevará al órgano competente propuesta de candidatos para la formalización de los contratos, que en ningún caso podrá exceder del número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

El órgano competente procederá a la formalización de los contratos previa acreditación de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria (anexo II).

Formalizado el contrato se deberá comunicar a la oficina pública de empleo que corresponda, en el plazo de los diez días siguientes a su concertación; asimismo, se deberá informar a la representación legal de los trabajadores, mediante entrega de una copia básica de los contratos celebrados.

Téngase en cuenta que hasta que se formalicen los mismos y se incorporen a los puestos de trabajo correspondientes, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

Duodécima. Protección de datos.—Los datos de carácter personal facilitados durante el proceso serán incluidos en un fichero cuyo responsable es el Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra con el fin exclusivo de realizar la selección de los/as aspirantes a los puestos convocados, no pudiendo ser cedidos a terceros para ninguna otra finalidad. El derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de los datos personales podrá ejercitarse en cualquier momento ente el propio Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra.

Decimotercera. Incidencias.—Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Alcaldía, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

En lo no previsto en las bases, se regirá por el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

Imagen del artículo Cabanillas de la Sierra. Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo

Cabanillas de la Sierra, a 10 de junio de 2024.—El alcalde-presidente, Fernando Tárraga Enamorado.

(03/9.424/24)

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