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Extracto del decreto de 1 de junio de 2024, del delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para el año 2024 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no Deseada (Madrid, Red contra la Soledad).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).
BDNS identif.: 766094-766096
Primero. Beneficiarios.—Las entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro, que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no Deseada.
Segundo. Objeto.—Desarrollo de proyectos que complementen las actuaciones de la Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no Deseada.
Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de fecha 30 de octubre de 2013, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 278, de 22 de noviembre de 2013.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante RGS); la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Cuarto. Cuantía.—El importe total destinado a esta convocatoria es 310.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la publicación del extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. También se publicará en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid ( www.madrid.es ) y su sede electrónica ( https://sede.madrid.es ).
Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la Dirección General de Mayores y Prevención de la Soledad no Deseada y el Delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad.
Séptimo. Publicación.—La resolución definitiva se publicará en la BDNS, asimismo, se publicará en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid". Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ) y en la página web ( www.madrid.es ).
Madrid, a 1 de junio de 2024.—El delegado del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Fernández Sánchez.
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