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Por la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, se solicita a este Ayuntamiento la puesta en funcionamiento de los trámites necesarios para la elección del cargo de juez de paz titular de San Fernando de Henares, vista la expiración del mandato del actual titular que ha sido prorrogado mediante acuerdo de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 6 de mayo de 2024, hasta la toma de posesión del nuevo juez de paz titular.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 4, del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz; debiendo procederse al nombramiento de nuevo juez de paz titular, este Ayuntamiento inicia el proceso para la elección del expresado cargo. En consecuencia, esta Alcaldía-Presidencia, por decreto de 27 de mayo de 2024, en uso de las facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, ha resuelto:
1. Convocar públicamente la elección del cargo de juez/jueza de paz titular de esta localidad.
2. Invitar a las personas interesadas en el cargo mencionado a presentar instancia en este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días desde la publicación del anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Presentarán la correspondiente solicitud, acompañada de un "curriculum vitae", así como de una declaración jurada de no estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad a que se refieren el artículo 303 de la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en ninguna de las causas de incompatibilidad a que se refieren los artículos 389 a 397 de la citada Ley, en el Registro General del Ayuntamiento, dentro del horario de oficina.
Lo cual se pone en conocimiento general, dando cumplimiento al artículo 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
3. Los requisitos que deberán reunir son:
— Ser español.
— Ser mayor de 18 años.
— No estar incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para el ejercicio de dicha función (artículo 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial).
4. La elección se efectuará posteriormente por el Pleno del Ayuntamiento, y en el caso de que no hubiera solicitudes, el Pleno elegirá libremente con sujeción a los mismos requisitos de procedimiento.
Lo que se publica para general conocimiento.
En San Fernando de Henares, a 28 de mayo de 2024.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio.
(03/8.815/24)