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Según queda acreditado en el certificado número 286, de 13 de mayo de 2024, expedida al efecto por el secretario general de esta Corporación, el expediente tramitado para la aprobación de la modificación de la ordenanza de edificación, construcciones e instalaciones del término municipal de Griñón, ha sido expuesto al público por plazo de treinta días, mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 69, de 21 de marzo de 2024, y en el tablón de anuncios de la sede electrónica ( grinon.sedelectronica.es ), sin que durante dicho plazo se haya presentado alegación o reclamación alguna, por lo que se declara la elevación automática a definitivo del acuerdo de aprobación inicial de modificación de la ordenanza, que se publica en el anexo, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en los artículos 30 y 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Y ello sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Lo que se hace público para conocimiento general.
En Griñón, a 21 de mayo de 2024.—El concejal-delegado de Urbanismo, Miguel Pereda Navarro.
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