La Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid, en su artículo 3, reconoce como derecho básico de los consumidores la educación en materia de consumo. A este respecto, a la Comunidad de Madrid le corresponde fomentar la enseñanza, en todos los niveles educativos, de materias relacionadas con el consumo para promover mayor libertad y racionalidad en el consumo de bienes y servicios y prevenir los riesgos derivados del uso y consumo de los mismos, así como organizar, promover y desarrollar programas de educación y formación de consumidores, de acuerdo con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la citada Ley 11/1998, de forma que se conozcan los derechos de los consumidores y las vías para poder ejercerlos adecuadamente. Entre otras finalidades, estas actuaciones deben estar destinadas a colaborar con el personal docente en el desarrollo de la educación en materia de consumo, en los diferentes niveles educativos.
En consecuencia, la Comunidad de Madrid, a fin de alcanzar el objetivo de facilitar información, formación y educación en materia de consumo, viene colaborando desde su inicio, con el Ministerio titular de las competencias en materia de consumo, en el concurso escolar "Consumópolis", con la finalidad de sensibilizar a niños y jóvenes sobre la importancia de realizar los actos de consumo de forma consciente, crítica y responsable.
Mediante Resolución de 25 de octubre de 2023 de la Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 7 de noviembre de 2023, se procedió a la convocatoria para la concesión de los premios en la fase autonómica de la Comunidad de Madrid del concurso escolar 2023-2024 "Consumópolis 19, Súmate a la energía responsable", cuyo objetivo es fomentar la adquisición y consolidación de hábitos de consumo conscientes, responsables, sostenibles y solidarios.
Visto el fallo del jurado de la fase autonómica de la Comunidad de Madrid, y su propuesta para la concesión de los premios, elevado por su Presidenta, en su representación, al amparo de lo dispuesto en el resuelvo undécimo de la citada Resolución de 25 de octubre de 2023; en virtud del resuelvo duodécimo de dicha Resolución,
RESUELVO
Primero
Conceder los premios previstos en el apartado 1 del resuelvo octavo de la Resolución de 25 de octubre de 2023, a los siguientes equipos, docentes coordinadores y clases de centros educativos, en los niveles 1, 2 y 3 de participación:
— Nivel 1. Escolares de 5.o y 6.o cursos de Educación Primaria:
A los miembros del equipo Activecommunity, por el trabajo titulado "Reciclaje activo", a su coordinadora, la profesora D.a Nieves Cisneros Vadillo y a la clase de dicho equipo del Colegio "Leonardo Da Vinci" de Moralzarzal.
— Nivel 2. Escolares de 1.o y 2.o cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
A los miembros del equipo Los Swifstars, por su trabajo titulado "Con pequeñas acciones podemos ayudar", a su coordinadora, la profesora del centro D.a Carolina Muñoz Pérez, y a la clase de dicho equipo del IES Marqués de Suanzes de Madrid.
— Nivel 3. Escolares de 3.o y 4.o cursos de Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica:
A los miembros del equipo Saturno, por su trabajo titulado "Tres Rs", a su coordinadora, la profesora del centro D.a María Dolores Morales Ayala, y a la clase de dicho equipo del Colegio "Asunción-Cuestablanca" de Madrid.
Segundo
Conceder el premio previsto en el apartado 2 del resuelvo octavo de la Resolución de 25 de octubre de 2023, para los docentes que coordinen y presenten en tiempo y forma el mayor número de equipos y trabajos valorados en esta fase autonómica del concurso, a los siguientes docentes:
— D.a María José Fernández González, del Colegio Senara, de Madrid.
— D.a María Dolores Morales Ayala, del Colegio "Asunción-Cuestablanca", de Madrid.
— D.a Amparo Fernández Ortiz de la Torre, del Colegio Senara, de Madrid.
— D.a Carolina Muñoz Pérez, del IES Marqués de Suances de Madrid.
— D.a Ana Belén Cordovilla Fresno, del CEIP "José Bergamín Gutiérrez", de Boadilla del Monte.
La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, como órgano competente para resolverlo, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho.
Madrid, a 22 de mayo de 2024.—La Directora General de Comercio, Consumo y Servicios, Marta Nieto Novo.
(03/7.972/24)