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A los efectos de notificación colectiva y de conformidad con los artículos 102 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre; 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, se hace público que por resoluciones número 1027, de 18 de abril de 2024; número 1061, de 23 de abril de 2024, y número 1115, de 29 de abril de 2024, se ha dispuesto cuanto sigue:
Aprobar el padrón y la lista cobratoria correspondiente a:
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana, ejercicio 2024.
— Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, ejercicio 2024.
— Tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local por entradas de vehículos a través de las aceras (vados), ejercicio 2024.
El período de ingreso en período voluntario para el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana ejercicio 2024 queda establecido entre el 9 de octubre 2024 y el 9 de diciembre 2024, ambos inclusive. Se establece un sistema especial de pago en dos plazos para los recibos domiciliados salvo que el contribuyente haya renunciado expresamente a este sistema y solicite el pago en un único plazo. Las fechas previstas de cargo de los recibos domiciliados serán:
— Primer plazo: el 10 de junio de 2024.
— Segundo plazo: el 21 de octubre de 2024.
— Plazo único: el 5 de noviembre 2024 (para contribuyentes que hayan renunciado expresamente al sistema especial de pagos).
El período de ingreso en período voluntario para el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica ejercicio 2024, y para la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local por entradas de vehículos a través de las aceras (vados 2024) queda establecido entre el 12 de junio 2024 y el 12 de agosto 2024, ambos inclusive.
Se informa que la fecha prevista de cargo de los recibos domiciliados, tanto para el impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica, como para la tasa por utilización privativa y aprovechamiento especial del dominio público local por entradas de vehículos a través de las aceras, será el día 10 de julio 2024.
Por ello:
— Quedan expuestos al público en la Tesorería y en la Recaudación Municipal durante el plazo de 15 días, los correspondientes padrones y listas cobratorias.
— Modalidad de cobro. Exclusivamente mediante la presentación del recibo de pago a través de las entidades que tienen atribuida la condición de entidad colaboradora en la recaudación del Ayuntamiento de Ciempozuelos: Eurocaja Rural, Banco Santander, Unicaja Banco, Ibercaja Banco, y pago online a través de la pasarela de pagos que encontrará en ayto-ciempozuelos.org
— Lugares de pago. En cualquier oficina de las entidades anteriormente relacionadas y enlace online señalado.
— Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán los correspondientes recargos ejecutivos, los intereses de demora y en su caso, las costas que se establezcan.
Contra las correspondientes resoluciones, que agotan la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este anuncio, el recurso de reposición preceptivo regulado en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el TRLRHL ante el órgano que dictó el acto, previo al recurso contencioso-administrativo, sin perjuicio de que puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente.
Ciempozuelos, a 6 de mayo de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Raquel Jimeno Pérez.
(01/6.993/24)