El artículo 7.4 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que las entidades concedentes publicarán trimestralmente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas en cada período, con expresión de la entidad beneficiaria, cantidad concedida y finalidad de las mismas.
En cumplimiento de lo anterior,
RESUELVO
Publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID las subvenciones concedidas por la Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español con cargo a los programas "Bibliotecas y patrimonio bibliográfico" y "Patrimonio Histórico-Artístico", durante el cuarto trimestre de 2023, cuya relación se incluye en los anexos que se insertan a continuación.
En Madrid, a 3 de mayo de 2024.—El Director General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español, Bartolomé González Jiménez.
(03/6.950/24)