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Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios de 21 de marzo de 2024, el Presupuesto Municipal de 2024, las bases de ejecución del mismo y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2024. Habiéndose publicado anuncio relativo al mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 81, de 5 de abril de 2024, y en el tablón de anuncios municipal, sin que durante el período de exposición al público de quince días hábiles se haya presentado reclamación alguna, se eleva a definitivo el acuerdo de aprobación inicial del citado presupuesto, de conformidad con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
De conformidad con el artículo 169.3 del mencionado texto legal y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Cadalso de los Vidrios, a 29 de abril de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.
(03/6.752/24)