En la Intervención de este Ayuntamiento y a los efectos previstos en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y según acuerdo adoptado por el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento de Brea de Tajo, en su sesión celebrada el día 11 de abril de 2024, se pone en general conocimiento que se ha expuesto al público el siguiente expediente:
Acuerdo de aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de casa de baños, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.
El referido acuerdo, se encuentra expuesto al público en el tablón de anuncios de este Excmo. Ayuntamiento de Brea de Tajo.
Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 del texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones oportunas, con sujeción a las normas que se indican a continuación:
a) Plazo de exposición pública y presentación de reclamaciones: treinta días a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Ayuntamiento.
c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, finalizado el período de exposición pública, y sin que se hubiera presentado reclamaciones durante el citado período de exposición pública, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo anteriormente citado, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario.
Brea de Tajo, a 25 de abril de 2024.—El alcalde, Pablo Rodrigo Martínez.
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