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En la intervención de esta Mancomunidad y conforme disponen los artículos 38 del Real Decreto 500/1990, 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público, a efectos de reclamaciones, la modificación de créditos número 5/2024, por suplemento de créditos y créditos extraordinarios, aprobada por acuerdo de la Junta de la Mancomunidad de fecha 25 de abril de 2024.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 169 del TRLRHL citado y, por los motivos taxativamente enumerados en el número 2, del artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
b) Oficina de presentación: Registro General de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
c) Órgano ante el que se reclama: Junta de la Mancomunidad de Servicios Sociales Mejorada-Velilla.
Lo que se firma electrónicamente por la presidenta de la Mancomunidad en la fecha que figura en el margen izquierdo de la presente página.
Mejorada del Campo, a 26 de abril de 2024.—La presidenta, Juana Iris Álvarez Ruiz.
(03/6.568/24)