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Con fecha 14 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 38), se publicó la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, para el período 2024-2027.
Desde la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal se ha detectado un error material en el porcentaje de financiación indicada en la línea de subvenciones número 52 "Subvenciones para obras y trabajos de mejora y repoblación forestal en montes de titularidad privada en la Comunidad de Madrid" del Anexo I. Concretamente, en el apartado 7 "Fuentes de Financiación".
Advertido el error material, y de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se señala que "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos".
DISPONGO
Primero
Corregir el error material detectado en la financiación de las subvenciones, línea de subvención 52 del Anexo I de la Orden 396/2024, de 2 de febrero, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior para el período 2024-2027, conforme a lo siguiente:
Donde dice:
"Financiación estatal porcentaje 17,50 %".
Debe decir:
"Financiación estatal porcentaje 7 %".
Donde dice:
"Financiación Comunidad de Madrid 59,50 %".
Debe decir:
"Financiación Comunidad de Madrid, porcentaje 70 %".
Madrid, a 29 de abril de 2024.—El Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, P. D. (Orden 984/2024, de 15 de marzo; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 72, de 25 de marzo de 2024), el Secretario General Técnico, José Ignacio Tejerina Alfaro.
ANEXO
(03/6.768/24)