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El Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de marzo de 2024, acordó la aprobación inicial de la modificación de crédito número 2, en su modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito.
Tras su publicación provisional y de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, una vez transcurrido el plazo de exposición al público, y no habiéndose presentado reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación en dicha sesión, este se eleva a definitivo.
Concesión de suplementos de crédito y crédito extraordinario aprobados, resumidos por capítulos:
El total importe anterior queda financiado por el remanente de Tesorería para gastos generales:
Contra la aprobación definitiva de esta modificación presupuestaria podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Villanueva de la Cañada, a 18 de abril de 2024.—El alcalde, Luis Manuel Partida Brunete.
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