EXTRACTO de la Resolución de 15 de abril de 2024, del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueban y hacen públicas las bases reguladoras y la convocatoria de movilidad del personal para docencia y para formación, en el año 2024, dentro del programa Erasmus+, promovido por la Unión Europea.

BDNS: 755098

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Participantes

Podrá participar en esta convocatoria el personal de la Universidad Rey Juan Carlos que desee realizar una movilidad física para impartir docencia o recibir formación en una institución de educación superior, en una empresa o cualquier otro lugar de trabajo, de otros países.

El solicitante deberá ser personal de la Universidad Rey Juan Carlos tanto en el momento de presentar la solicitud como en el de finalizar la estancia.

Segundo

Objeto

La presente base tiene por objeto convocar plazas y ayudas de movilidad del personal para docencia y para formación, en el año 2024, dirigidas al personal de la Universidad Rey Juan Carlos, con una ayuda inicial de 137.733 euros distribuidos de la siguiente manera:

— La Unión Europea, a través del SEPIE, Servicio Español para la Internacionalización de la Educación Programa Erasmus+, PROY 2023-1-ES01-KA131-HED-000123035, destina para docencia (STA) y formación (STT), un total de 67.733 euros, siguiendo las directrices establecidas por la Comisión Europea para el Programa Erasmus+, al amparo del Reglamento (UE) número 2021/817 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2021 por el que se crea el programa Erasmus+, el Programa de acción de la Unión en los ámbitos de la educación y la formación, la juventud y el deporte, para el período del marco financiero plurianual 2021-2027.

— La URJC aporta para el mismo fin la cantidad de 70.000 euros.

Tercero

Bases reguladoras

La convocatoria se regula por las bases publicadas en el tablón de anuncios electrónico de la Universidad Rey Juan Carlos. https://sede.urjc.es/tablon-oficial

Cuarto

Cuantía

La ayuda tiene por objeto contribuir a cubrir los gastos de viaje y de ayuda individual durante su período en el extranjero, siguiendo los criterios e importes establecidos en la Guía del Programa y por el SEPIE.

El beneficiario percibirá sus ayudas (individual y de gastos de viaje), financiadas por la Unión Europea a través del SEPIE, imputadas a la aplicación presupuestaria 30 VC RI 24 03 423A 483.01, o financiadas por la URJC, con cargo a la aplicación presupuestaria 30 VC RI SR 423A 483.06 del presupuesto de gastos del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales correspondiente al ejercicio 2024.

La asignación para gastos de desplazamiento y ayuda a los costes de estancia quedará sometida a lo establecido por la normativa nacional vigente respecto de la posible tributación o exceptuación de la misma. Las ayudas estarán sujetas a la normativa, en cada momento aplicable, en materia fiscal, en cuanto a la retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización a la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el artículo 5.3, apartado j) del Reglamento para tramitación de subvenciones a conceder por la Universidad Rey Juan Carlos.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la entrega de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto

Lugar de presentación

La solicitud será presentada por sede electrónica, en el siguiente enlace: https://sede.urjc.es/web/guest/convocatorias

Séptimo

Resolución de las ayudas y recursos

La Resolución definitiva del procedimiento se producirá antes del 31 de diciembre de 2024.

Frente a la Resolución definitiva podrá interponerse recurso de reposición frente al Rector en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación o, alternativamente, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el mismo día.

Si tras la primera adjudicación continúa habiendo disponibilidad de fondos, se abrirá un nuevo plazo de presentación de solicitudes, que será publicado en tiempo y forma.

En cualquier caso, conforme al artículo 23.2, apartado h) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el plazo de resolución y notificación, no podrá superar los seis meses, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.4 de la misma Ley.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la publicación de dicha Resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 15 de abril de 2024.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/5.814/24)

Ficheros adjuntos

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