Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del decreto del delegado del Área de Gobierno Políticas Sociales, Familia e Igualdad, de 3 de abril de 2024, por el que se aprueba la convocatoria de los Certámenes Escolares de Creación Plástica, Creación Literaria y de Teatro 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index ):

BDNS IDENTIF.: 752850

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar los centros educativos públicos, concertados y privados del municipio de Madrid, o en su caso las entidades titulares de los mismos, que impartan estudios de educación primaria, educación secundaria obligatoria, formación profesional básica, bachillerato y formación profesional de grado medio.

Salvo el premio a mejor director/a en el Certamen Escolar de Teatro, el resto de los premios económicos irán destinados únicamente a los centros participantes.

Segundo. Objeto.—Se convocan estos certámenes con el objeto de potenciar las actividades artísticas y fomentar en el alumnado el desarrollo de la imaginación y la creatividad, aspectos de gran importancia para su desarrollo personal y para su propia contribución al mundo artístico.

Este año, salvo para el Certamen Escolar de Teatro, se plantea como temática inspiradora es el deporte, con el lema: "Las Olimpiadas, un impulso de los valores en el deporte". Destacando el impulso en valores como el esfuerzo, la motivación y superación personal, el trabajo en equipo, el aumento de la tolerancia a la frustración, el respeto, el sentimiento de pertenencia a un equipo, la perseverancia, etc".

Tercero. Bases reguladoras.—Los certámenes se regirán por lo establecido en la presente convocatoria, por la Disposición Adicional primera de la ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, y demás disposiciones que resulten de aplicación.

Cuarto. Plazo de inscripción.—Las solicitudes de participación, junto con la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Se presentarán a través de la sede electrónica https://sede.madrid.es , o bien en los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se deberá utilizar, para ello, alguno de los certificados electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.

Quinto. Cuantía.—Se establecen los siguientes premios para cada uno de los Certámenes Escolares:

Creación Plástica, un total de 12.600 euros para los doce premios, repartidos para cada una de las tres categorías (Categoría A; educación primaria, Categoría B, educación secundaria y FP básica y Categoría C; bachillerato y FP grado medio) quedando de la siguiente manera: un primer premio de 1.500 euros, un segundo premio de 1.100 euros, un tercer premio de 800 euros y un premio especial de 800 euros.

Creación Literaria; un total de 16.800 euros para los dieciséis premios, repartidos para cada una de las dos modalidades (poesía y prosa) de las dos categorías (categoría A: educación primaria y categoría B: educación secundaria, bachillerato, FP básica y de grado medio), quedando de la siguiente manera: un primer premio de 1.500 euros, un segundo premio de 1.100 euros, un tercer premio de 800 euros y un premio especial de 800 euros.

Teatro, un total de 10.400 euros para cada uno de los 10 premios, repartidos para cada una de las dos categorías (categoría A: educación primaria y categoría B: educación secundaria, bachillerato, FP básica y de grado medio) de la siguiente manera: un primer premio de 1.500 euros, un segundo premio de 1.100 euros, un tercer premio de 800 euros, un premio especial de 800 euros y un premio a mejor director/a de 1.000 euros.

Para poder optar a alguno de los premios especiales, es obligatorio presentar un proyecto, con una extensión máxima de tres páginas, que desarrolle los apartados que se indican en los criterios de valoración de las bases. Para cada certamen, los centros escolares solamente se podrán presentar a un premio especial por categoría.

Madrid, a 3 de abril de 2024.—El secretario general técnico del Área de Gobierno de Políticas Sociales, Familia e Igualdad, José Ángel Manzano García.

(03/5.203/24)

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