Colmenar de Oreja. Organización y funcionamiento. Nombramiento

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En cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 44.3, 46.1 y 52.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), se hace público el contenido de la resolución de alcaldía número 2024-0447, de 28 de marzo de 2024, sobre organización y funcionamiento municipal, la cual dispone literalmente lo siguiente:

"Resolución de alcaldía:

Visto que con fecha 29 de febrero de 2024 y número de registro de entrada 2024-E-RC-1240, se presentó por Don Eugenio Martínez Alvar, portavoz del grupo político VOX en el Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, escrito de interposición de recurso de reposición contra la resolución de alcaldía número 2024-0012, de 10 de enero de 2024, solicitando también la revocación de la resolución de alcaldía número 2023-1034, de 14 de septiembre de 2023.

Visto que el recurrente alega que ambos decretos son nulos de pleno derecho y contrarios al ordenamiento jurídico al haberse efectuado en virtud de los mismos nombramientos irregulares de un concejal no adscrito, Don Javier Ayuso Játiva, el cual, según el recurrente, ha obtenido provecho político y económico en virtud de aquéllos.

Visto que esta alcaldía solicitó informe a secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 4.o del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, a efectos de su resolución.

Visto el informe de secretaría, de 12 de marzo de 2024.

Vista la ampliación del informe de secretaría, de 19 de marzo de 2024.

Vista la propuesta de resolución PR/2024/239 de 28 de marzo de 2024.

De acuerdo con los antecedentes expuestos, visto el recurso interpuesto y de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y las facultades que me otorga la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se adopta la siguiente resolución:

Primero.—Estimar el recurso de reposición interpuesto contra el decreto de alcaldía número 2024-0012, en lo que respecta exclusivamente al nombramiento de Don Javier Ayuso Játiva, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, como 4.o teniente de alcalde y concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial e Industria y Comercio.

Segundo.—Inadmitir a trámite el recurso de reposición interpuesto contra el decreto de alcaldía número 2023-1034, por el que se nombra a Don Javier Ayuso Játiva, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, como miembro de la Junta de Gobierno Local, por extemporáneo, ya que ha transcurrido más de un mes desde que el recurrente tuvo conocimiento del mismo con motivo de la convocatoria del Pleno celebrado el 20 de septiembre de 2023.

Tercero.—Incoar procedimiento de revisión de oficio de los nombramientos de Don Javier Ayuso Játiva, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, como miembro de la Junta de Gobierno Local (decreto de alcaldía número 2023-1034), y como 4.o teniente de alcalde y concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial e Industria y Comercio (decreto de alcaldía número 2024-0012), al incurrir los mismos en nulidad de pleno derecho de conformidad con los fundamentos jurídicos expuestos en el Informe de Secretaría de fecha 12 de marzo de 2024.

Cuarto.—César a Don Javier Ayuso Játiva, concejal no adscrito del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, como miembro de la Junta de Gobierno Local, y como 4.o teniente de alcalde y concejal-delegado de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial e Industria y Comercio.

Quinto.—Nombrar a Doña Silvia Villares Carreira, concejal del grupo político municipal del Partido Popular, como 4.a teniente de alcalde y miembro de la Junta de Gobierno Local.

Sexto.—Asumir personalmente las competencias en materia de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial e Industria y Comercio del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja.

Séptimo.—Notificar la presente resolución a los interesados con indicación de los recursos pertinentes.

Octavo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Colmenar de Oreja, alojado en su Sede Electrónica.

Noveno.—Dar cuenta de la presente resolución en la primera sesión ordinaria que se celebre e insertar la misma en el libro de resoluciones de alcaldía-presidencia.

En Colmenar de Oreja , a 31 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Pulido Cobos".

En Colmenar de Oreja , a 31 de marzo de 2024.—El alcalde-presidente, Miguel Ángel Pulido Cobos.

(03/4.932/24)

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