En cumplimiento del artículo 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y del artículo 20.3 del Real Decreto 500/1990, al no haberse presentado alegaciones en el plazo de exposición al público, desde el 4 de marzo de 2024 hasta el 22 de marzo de 2024, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 28 de febrero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 52 de 1 de marzo de 2024), sobre aprobación provisional del presupuesto general para el año 2024, que se hace público resumido por capítulos:
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 90 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, se publica anexo relativo a la plantilla del personal aprobada para el ejercicio 2024:
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo establecido en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, como previene el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a tenor del artículo 10.1.a) y b) de la última de las leyes citadas, o cualquier otro que se estime procedente en defensa de sus derechos. La interposición de recursos no suspenderá por sí sola la aplicación del presupuesto definitivamente aprobado por la Corporación.
Becerril de la Sierra, a 25 de marzo de 2024.—El alcalde, José Luis Martín González.
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