En virtud de las facultades que me confiere la vigente Ley de Régimen Local, he resuelto que durante los días comprendidos entre el 16 de mayo al 16 de julio de 2024, se pondrán al cobro en período voluntario los recibos correspondientes a la tasa por recogida de basuras (solo actividades industriales, comerciales, profesionales, artísticas y de servicios), expediente 34.08.01/2024/0003, correspondientes al ejercicio 2024.
Domiciliaciones: los recibos domiciliados se pasarán al cobro el día 20 de junio de 2024.
El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber satisfecho la deuda, determinará conforme al artículo 161, de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre General Tributaria, el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de dicha Ley, y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.
Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3, de la Ley General Tributaria. Lo que se comunica para el general conocimiento.
En Villanueva de la Cañada, a 18 de marzo de 2024.—El concejal de Hacienda y Patrimonio, Francisco Javier Sánchez Verdasco.
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