ORDEN de 12 de marzo de 2024, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026.

La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid establece, en su artículo 4.bis, que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

En virtud del Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Comercio y Consumo pasa a denominarse Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.

El Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, en su artículo 23.1 atribuye a la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios las competencias relativas a la ordenación, promoción y fomento del sector comercial y del sector servicios, la reforma, coordinación, mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de distribución comercial, el fomento de la incorporación de nuevas tecnologías en la gestión empresarial del comercio, los servicios y el sector artesano, así como la ordenación, la promoción y el fomento del sector artesano, la mejora y modernización de las estructuras y de los procesos de producción y distribución artesanales y la gestión del Registro de Actividades Artesanas.

En este sentido, la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios ha venido desarrollando programas específicos de apoyo a los sectores comercial y artesano, con el objetivo de incrementar su competitividad y poder afrontar los retos del mercado actual, a través de ayudas destinadas a apoyar proyectos dirigidos a la modernización, innovación, fomento y mejora de los procesos de negocio y estructuras de los mismos. El desarrollo y evolución de estas líneas de ayudas se ha ido incrementando año tras año, consolidándose como uno de los principales instrumentos de apoyo a los sectores comercial y artesano en nuestra región.

El cambio de denominación a Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios, motivado por la asunción de nuevas competencias, en concreto las relativas al sector servicios, conlleva la inclusión de pymes del sector servicios como posibles beneficiarias de estas ayudas.

Por ello se hace necesaria la aprobación de un nuevo Plan Estratégico de subvenciones que dé cobertura a dichos cambios, viniendo a sustituir al Plan Estratégico de subvenciones en materia de concesión de ayudas al sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2022-2024, aprobado por la Orden de 4 de marzo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo.

El entorno económico al que actualmente las pymes comerciales, de servicios y artesanas tienen que enfrentarse les exige un mayor esfuerzo de adaptación a una nueva realidad para conseguir, en el menor tiempo posible, un grado de competitividad suficiente que les permita continuar su actividad y crecer en el contexto económico actual.

Por ello, es necesario seguir apoyando a aquellas pymes comerciales, de servicios y artesanas que inviertan en la modernización e innovación de sus establecimientos o talleres, en la adquisición de equipamiento tecnológico y maquinaria especializada, así como en la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs), que permitan atender la transformación digital y también sus procesos de producción, gestión y promoción, así como la modernización de sus estructuras y equipamientos, con el fin contribuir a la sostenibilidad de dichos sectores.

Por todo ello, la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, a través del presente Plan Estratégico de subvenciones para la concesión de ayudas a las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales de los sectores comercial, de servicios y artesano, pretende impulsar aquellos proyectos dirigidos a la modernización, digitalización e innovación de sus procesos de negocio y de sus estructuras de gestión, producción y distribución.

En virtud de lo anterior, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo dispuesto en el artículo 4.bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid,

RESUELVO

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones para la concesión de ayudas destinadas a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales, de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid para el período 2024-2026 que se acompaña en el anexo adjunto.

Madrid, a 12 de marzo de 2024.—La Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre de 2021), el Viceconsejero de Economía y Empleo, Daniel Rodríguez Asensio.

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DESTINADAS A PROYECTOS DE INVERSIÓN PARA LA MODERNIZACIÓN, DIGITALIZACIÓN E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS Y EMPRESARIOS INDIVIDUALES DE LOS SECTORES COMERCIAL, DE SERVICIOS Y ARTESANO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA EL PERIODO 2024-2026

1. Ámbito normativo competencial

El presente Plan Estratégico tiene como referencia las siguientes normas:

— Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

— Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

— Reglamento (UE) número 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

— Reglamento (UE) número 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.

2. Objetivo

El objetivo principal de este plan es apoyar a los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid, contribuyendo a su dinamización mediante el desarrollo de procedimientos que permitan atender la transformación digital y la modernización de sus instalaciones para impulsar su recuperación, en adaptación al contexto económico actual, como forma de fomentar la mejora de la competitividad de estos sectores.

3. Costes presupuestarios previstos y fuentes de financiación

En lo que respecta a los costes previsibles, esta línea de ayudas no superará el importe de 3.500.000 euros anuales. Asimismo, sus fuentes de financiación serán los créditos consignados anualmente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, con cargo al subconcepto 79000 del programa 431A "Comercio", siendo los centros de coste "67 Promcome" y "67 Feriasar", dependiendo si la ayuda se destina a los sectores comercial y de servicios o al sector artesano, respectivamente.

4. Sectores hacia los que se dirigen las ayudas

Las ayudas recogidas en este plan van dirigidas a los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid y en concreto:

1. A las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales cuyo origen sea cualquier Estado miembro del Espacio Económico Europeo y desarrollen la actividad de comercio minorista, de servicios o artesana en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En el caso de los sectores comercial y de servicios deberán desarrollar su actividad en un establecimiento físico abierto al público ubicado en la Comunidad de Madrid.

En el caso del sector artesano, deberán tener el taller en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

2. También estarán incluidas las comunidades de bienes que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o actividades que motiven la concesión de la ayuda.

5. Cuantía de la subvención

Las ayudas consistirán en subvenciones del 50 % del importe necesario para cubrir las inversiones descritas en el apartado 6, impuestos excluidos, con un máximo de 10.000 euros de subvención por beneficiario y siempre que el proyecto presentado alcance en su conjunto una base imponible mínima de 500 euros, impuestos excluidos, en el caso del sector artesano, y de 5.000 euros, impuestos excluidos, en el caso de los sectores comercial y de servicios.

6. Acciones subvencionables

Se considerarán gastos subvencionables las siguientes inversiones:

a) Obras de ampliación, transformación o nueva apertura de establecimientos comerciales, de servicios y/o talleres artesanos, donde de forma independiente se desarrolle la actividad comercial, de servicios o artesana, incluyendo la implantación de medidas de ahorro energético de utilización de energías renovables, introducción de elementos tecnológicos de seguridad y/o eliminación de barreras arquitectónicas.

b) Adquisición e instalación de equipamiento, maquinaria y mobiliario necesario para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y/o artesana, así como los dispositivos de producción de frío mecánico en los vehículos frigoríficos isotérmicos destinados al transporte seguro de mercancías de alimentos perecederos, con exclusión del vehículo.

c) Adquisición e instalación de equipos informáticos o tecnológicos y software necesarios para el desarrollo de la actividad comercial, de servicios y artesana, la gestión empresarial y la implantación y/o actualización de los sistemas y/o soportes dirigidos a la mejora del comercio electrónico y de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) en los procesos de negocio comerciales.

7. Procedimiento de concesión

El procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 4 de la citada Ley 2/1995.

Las ayudas se otorgarán a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los criterios de baremación fijados con carácter previo en las bases reguladoras y hasta el agotamiento de fondos previsto en las correspondientes convocatorias.

8. Plazo necesario para su consecución

En virtud del contenido exigido en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, el plazo necesario para la consecución de los objetivos y efectos del presente Plan Estratégico abarcará el período 2024-2026.

9. Efectos

Con estas ayudas se persigue mejorar la competitividad de los sectores comercial, de servicios y artesano de la Comunidad de Madrid mediante la modernización de sus instalaciones y equipamientos, y la transformación digital de sus empresas.

10. Seguimiento, indicadores, sistemas de evaluación y cumplimiento de objetivos

1. El seguimiento de las ayudas se realiza por los siguientes órganos:

a) La Dirección General competente en materia de comercio, servicios y artesanía, en todas sus fases, desde la presentación del proyecto inicial hasta la memoria final justificativa. En este sentido, se comparará el proyecto o memoria detallada que, en la fase previa a la concesión de la subvención, se exige a los solicitantes, con las actuaciones o proyectos finalmente desarrollados, lo que se justificará con la documentación que deba aportar cada entidad de conformidad con lo que establezcan las correspondientes bases reguladoras.

b) La Intervención de la Comunidad de Madrid, en todas las fases del procedimiento, mediante la fiscalización de la documentación previa a la adjudicación y al pago de las ayudas de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 2/1995.

2. Para el seguimiento y cumplimiento de las presentes ayudas se establecen como indicadores el número de solicitudes presentadas y el número de empresas apoyadas de los sectores comercial, de servicios y artesano.

3. El sistema de evaluación y el cumplimiento de objetivos lo realiza la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios y se basará en la revisión de los indicadores y tendrá como fin valorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos y proporcionar herramientas para la toma de decisiones en la planificación de posibles actuaciones futuras mediante el análisis de los resultados obtenidos.

11. Medidas correctoras

Si como resultado de la evaluación efectuada se pusiese de manifiesto que las acciones impulsadas mediante las ayudas no están cumpliendo los objetivos previstos, se podrán introducir en el presente Plan estratégico de subvenciones las modificaciones que se estimen pertinentes, al objeto de adecuar de forma eficaz los recursos públicos invertidos a la obtención de los resultados perseguidos, garantizando el principio de eficiencia en la gestión pública.

12. Resultado evaluación plan estratégico en los ejercicios 2022 y 2023

Durante los ejercicios 2022 y 2023 ha estado vigente el Plan Estratégico de subvenciones en materia de concesión de ayudas al sector comercial y artesano de la Comunidad de Madrid 2022-2024, aprobado por la Orden de 4 de marzo de 2022, del Consejero de Economía, Hacienda y Empleo. Aunque el plan estaba vigente hasta 2024, se ha hecho necesario aprobar un nuevo plan estratégico por la asunción de nuevas competencias, en concreto las relativas al sector servicios, por parte de la Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios.

En este período se han recibido 982 solicitudes y se han concedido subvenciones a 389 proyectos de pymes comerciales y artesanas por un importe total de 2.996.671,84 euros, suponiendo el 83,94 % del crédito disponible.

El importe final de las ayudas abonadas ascendió a 2.834.624,33 euros, resultando el 79,40 % del crédito disponible, y siendo 372 el número final de beneficiarios.

Esta evaluación refleja el cumplimiento del objetivo de ayudar a proyectos de inversión para la modernización, digitalización e innovación tecnológica de las pymes de los sectores comercial y artesano de la Comunidad de Madrid.

(03/4.096/24)

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