ADENDA de 15 de diciembre de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer "La Maliciosa", para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2024.

Madrid, a 15 de diciembre de 2023.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud, y Asuntos Sociales, de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra, el Ilmo. Sr. D. Antonio Coello Gómez-Rey, Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer "La Maliciosa", elegido en la Asamblea General de Concejales de la Mancomunidad 16 de octubre de 2023, en nombre y representación de la citada Mancomunidad, en virtud de su cargo y de las facultades que le confiere el artículo 7 de los Estatutos de dicha Mancomunidad.

Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para suscribir la presente Adenda de prórroga del Convenio de colaboración vigente, y

MANIFIESTAN

El día 12 de septiembre de 2023 se firmó un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer "La Maliciosa" para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las Entidades Locales.

La cláusula decimoséptima del citado convenio de colaboración establece su duración, fijando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

La misma cláusula señala que antes de la finalización de la vigencia de este convenio o en su caso de cualquiera de sus prórrogas, las partes por mutuo acuerdo podrán acordar, de forma expresa y por escrito, su prórroga por el mismo período de tiempo o inferior al plazo inicial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 h) de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Asimismo, dicha cláusula prevé que las partes podrán modificar el convenio de mutuo acuerdo, mediante la suscripción de la correspondiente adenda.

Ambas partes, consideran necesario procurar la estabilidad y desarrollo del sistema público de servicios sociales, y en virtud de lo expuesto suscriben la presente adenda de prórroga conforme a las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

Se prorroga para el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024, el convenio de colaboración suscrito entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer "La Maliciosa" para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las Entidades Locales, de acuerdo con lo dispuesto en su cláusula decimoséptima.

Asimismo se mantiene el contenido de la cláusula quinta del convenio sobre la financiación, en los importes establecidos en el convenio de referencia, que se lleva a cabo en los siguientes términos:

Imagen del artículo ADENDA de 15 de diciembre de 2023, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, y la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer La Maliciosa, para el desarrollo de la atención social primaria y otros programas por los servicios sociales de las entidades locales para el año 2024.

El gasto se imputará al Programa 232E partida 46309, del Presupuesto para el 2024 de la Consejería competente en materia de Servicios Sociales.

Segunda

Forma de pago

La aportación económica de la Comunidad de Madrid prevista en la cláusula anterior, correspondiente a la financiación de los gastos de gestión, programas y proyectos, será abonada a la Entidad Local mediante un pago único dentro de los tres meses siguientes a la formalización de la adenda de prórroga, sin perjuicio de la justificación y liquidación del ejercicio anterior.

Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda de prórroga, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid, o en ausencia de fecha en la firma, a la que figure en el encabezamiento.

Madrid, a 15 de diciembre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León Municio.—El Presidente de la Mancomunidad de Servicios Sociales y Mujer "La Maliciosa", Antonio Coello Gómez-Rey.

(03/2.613/24)

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