RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2024, del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen públicas las bases y la convocatoria de Becas Santander Erasmus, financiadas por el Banco Santander, para realizar estudios en el curso académico 2024-2025 dentro del Programa Erasmus +.

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BDNS: 745478

Extracto de la Resolución del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se aprueba y hacen publicas las bases y la convocatoria de Becas Santander Erasmus, financiadas por el Banco Santander, para realizar estudios en el curso académico 2024-2025 dentro del Programa Erasmus +

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ):

Primero

Beneficiarios

Para la totalidad de las becas:

a) Tener concedido una plaza de intercambio dentro del Programa Erasmus+ por medio de la presente convocatoria.

Para una de las becas de 1.000 euros:

— Presentar una discapacidad igual o superior al 33%

Para la otra beca de 1.000 euros:

— Haber sido beneficiario de una beca socioeconómica del Ministerio en el presente curso, esto es, ser beneficiario de una beca general del anteriormente denominado Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Paralelamente todo alumno que opte a una Beca Santander Erasmus deberá inscribirse de manera obligatoria en la página web: www.becas-santander.com

Segundo

Objeto

El Banco Santander, según acuerdo firmado con la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas (CRUE), ha creado el Programa "Becas Santander Erasmus" con el objetivo de ayudar a los estudiantes universitarios que obtengan plazas Erasmus+ en el curso 2024-2025 promoviendo así la movilidad y formación de estudiantes en el ámbito de la Unión Europea.

A tal efecto la Universidad Rey Juan Carlos de acuerdo al convenio de colaboración con el Banco Santander, convoca por medio de la presente convocatoria un total de cuarenta y seis becas destinadas a estudiantes que tengan concedida una plaza Erasmus+ estudios para el curso académico 2024-2025.

Estas becas se dividirán en 2 becas de 1.000 euros cada una y 44 becas de 500 euros cada una.

Tercero

Bases reguladoras

La información relativa a la convocatoria puede encontrarse en la página web de la Universidad: https://sede.urjc.es y en https://urjc.es

Cuarto

Cuantía

Se convocan 46 becas destinadas a estudiantes que tengan concedida una plaza Erasmus+ estudios para el curso académico 2024-2025. Estas becas se dividirán en 2 becas de 1.000 euros cada una y 44 becas de 500 euros cada una.

El importe de la presente convocatoria de becas Erasmus Santander se imputará a la aplicación presupuestaria 30VCRISR 423A 483.06 por un total de 24.000 euros del presupuesto de la URJC del año 2024.

Quinto

Plazo y presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes "online" será de 15 días hábiles desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, previa remisión de la presente resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

La solicitud se presentará "online", sin prejuicio de lo establecido en artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los estudiantes deberán rellenar dentro de los plazos establecidos el formulario electrónico que estará disponible en la página web de la URJC en el siguiente "link": https://sede.urjc.es/catalogo-de-servicios/BSANTANDER

Sexto

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de las becas se regirá por el sistema de concurrencia competitiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 22.1 y 23.2.d de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Todo el proceso de presentación de solicitudes, adjudicación y renuncia de ayudas será competencia del Vicerrectorado de Relaciones Internacionales de la URJC, que será el Órgano Instructor.

La selección de los beneficiarios se hará por la Comisión de Valoración de la presente convocatoria, que estará formado por:

— Dña. María Luisa Humanes Humanes, Vicerrectora de Relaciones Internacionales.

— D. Pablo T. Salvadores Alonso, Director de Área de Proyectos y Relaciones Internacionales.

— Dña. Constanza Barrios Ramos, Jefe de Servicio de Relaciones Internacionales.

Suplentes:

— Dña. María Ángeles Cano Linares, Directora Académica de Internacionalización y Promoción Lingüística.

— Dña. Elisa Gómez-Luengo San Román, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

— José Ignacio Fernández Nuevo, Jefe de Sección de Relaciones Internacionales.

Esta selección se realizará en función de la nota media y créditos superados de cada estudiante y que serán tomados de los utilizados en la Resolución del Rector Magfco. de la Universidad Rey Juan Carlos por la que se aprueba la convocatoria de movilidad internacional de estudiantes para realizar estudios en el curso académico 2024/2025 para adjudicar las plazas de movilidad para las que se convocan las presentes becas.

Las becas serán asignadas entre todos los adjudicatarios de una plaza Erasmus+ de la URJC en la Convocatoria de Movilidad Internacional de estudiantes para realizar estudios en el curso académico 2024/2025, una vez esté publicada la Resolución Rectoral de destinos adjudicados.

Entre todos aquellos estudiantes que hayan obtenido una plaza Erasmus + se asignarán las becas a aquellos estudiantes que tengan una mayor puntuación. Esta puntuación definitiva con la que cada estudiante optará a estas becas será la resultante de la nota media de expediente tras aplicarse el siguiente coeficiente corrector según el área de conocimiento de cada titulación cursada por el estudiante:

— Estudios del área de Arquitectura e Ingeniería 1,17.

— Estudios del área de Ciencias 1,11.

— Estudios del área de Ciencias de la Salud 1,05.

— Estudios del Área de Ciencias Jurídicas y Sociales 1,00.

— Estudios del Área de Artes y Humanidades 1,00.

Con la puntuación resultante será con la que opte a estas ayudas.

A igualdad de puntuación y para calcular el desempate entre los mismos se tendrá en cuenta en primer lugar aquellos candidatos a esta beca que sean beneficiarios de una beca general del ministerio en el presente curso y en el caso de que continúe el empate, se utilizará como criterio el número de créditos superados, adjudicándose la ayuda al alumno que haya superado un mayor número de créditos. Si persistiera el empate se utilizaría la nota media de expediente.

Según este orden se adjudicará primero una de las dos becas de 1.000 euros al estudiante que con mayor puntuación de entre todos los adjudicatarios de plaza Erasmus+ con beca general del Ministerio concedida en el presente curso. De no haberse resuelto la concesión de becas generales del presente curso en la fecha de adjudicación de estas ayudas se utilizará como criterio haber sido beneficiario de dicha beca en el curso anterior.

A continuación, se adjudicará la segunda de las becas de 1.000 euros al estudiante que con mayor puntuación de entre todos los adjudicatarios de plaza Erasmus+ haya presentado la documentación correspondiente por presentar una discapacidad igual o superior al 33%. En el caso de no existir ningún candidato que cumpla este requisito, la beca se asignará a la segunda persona que haya quedado en el supuesto anterior.

Para justificar el cumplimiento del criterio de discapacidad será necesario remitir al Servicio de Relaciones Internacionales de la Universidad Rey Juan Carlos, a través del Registro General o Registros Auxiliares de la URJC, la documentación que justifique la discapacidad del estudiante junto con el documento firmado que aparece como Anexo "A" de la presente convocatoria titulado Cláusula de Protección de Datos asociada al Programa "Becas Santander Erasmus". Este documento será custodiado exclusivamente por la URJC.

Una vez asignadas estas dos becas se adjudicarán el resto de las becas "Santander Erasmus" según el orden obtenido en la lista mencionada anteriormente.

Se adjudicarán las becas de 500 euros cada una a los 44 primeros estudiantes de esta lista teniendo en cuenta que no pueden ser beneficiarios de estas becas ninguno de los dos estudiantes que hayan sido adjudicatarios de las becas de 1.000 euros cada una ya que ambas ayudas son incompatibles entre sí.

En el caso de producirse renuncias a las ayudas financieras adjudicadas, el Vicerrectorado de Relaciones Internacionales procederá a la reasignación de las ayudas entre los alumnos admitidos con mayor nota media de expediente según el orden contenido en la relación de alumnos con plaza definitiva Erasmus+ y según los criterios indicados anteriormente.

Séptimo

Resolución y recursos

Contra la presente Resolución de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de dicha resolución o, alternativamente, ser impugnada directamente mediante recurso contencioso-administrativo, ante el mismo orden jurisdiccional, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente a su publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Móstoles, a 22 de febrero de 2024.—El Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, Javier Ramos López.

(03/3.021/24)

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