El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 1 de diciembre de 2023, procedió a la aprobación provisional del nuevo texto de la ordenanza de precio público por la prestación de los servicios para la promoción de actividades culturales y deportivas. No habiendo sido formulada reclamación alguna, el acuerdo indicado ha quedado elevado automáticamente como definitivamente adoptado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. A continuación se transcribe el texto íntegro de dicha ordenanza:
ORDENANZA DE PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PARA LA PROMOCIÓN DE ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS
Artículo 1. Concepto.—De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece el precio público por la prestación de servicios para la promoción de actividades de natación, aeróbic, gimnasia adultos, pintura y utilización de la pistas de pádel que se regirá por la presente ordenanza.
Art. 2. Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza quienes se beneficien de los servicios o actividades prestadas o realizados por este Ayuntamiento, a que se refiere el artículo anterior.
Art. 3. Cuantía de la ordenanza de precio público por la prestación de los servicios para la promoción de actividades culturales y deportivas.—Es la siguiente:
— Campamentos:
• Navidad y Semana Santa: 7,50 euros/por los días que se imparta el campamento.
• Verano: 20 euros/mes.
— Clases de Pádel: 10 euros/mes a partir de 8 años en adelante.
— Natación:
• Niños: 16 euros/mes.
• Jubilados: 15 euros/mes.
• Adultos: 20 euros/mes.
— Aerobic, Pilates, GAP; Tabata, Gimnasia de Mantenimiento, Zumba...
• Jóvenes: 16 euros/mes.
• Jubilados: 14 euros/mes.
• Adultos: 21 euros/mes.
— Inglés:
• Infantil: gratis.
• Primaria: 10 euros/mes.
• ESO, Bachillerato y Adultos: 20 euros/mes.
• Nivel inicio/básico: 5 euros/mes.
— Gimnasio:
• Dos días a la semana: 22 euros/mes.
• Todos los días de apertura 26 euros/mes.
• Un día a la semana: 11 euros/mes.
— Talleres: 5 euros/mes.
— Informática:
• Infantil: gratis.
• Primaria: 7,50 euros/mes.
• Jóvenes de + 12 años y Adultos: 15 euros/mes.
• Jubilados: 7.50 euros/mes.
— Bonos:
• 2 Actividades 15 euros/mes.
• Gimnasio + 2 Actividades 30 euros/mes.
Art. 4. Cobro.—1. La obligación del pago del precio público regulado en esta ordenanza nace en el momento en que se preste o realice cualquiera de los servicios o actividades especificadas en el artículo 1.
2. El pago de dicho precio público se efectuará en el momento de la inscripción y los sucesivos pagos mensuales en los cinco primeros días anteriores de cada mes natural correspondiente.
3. Las deudas por este precio público podrán exigirse mediante el procedimiento administrativo de apremio cuando hayan transcurrido seis meses desde su vencimiento en período voluntario.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
La vigencia de los precios establecidos en el artículo 3 será de una temporada, entendiendo por tal período comprendido entre el 1 de octubre de un año y el 31 de agosto del año siguiente. Si antes del comienzo de cada temporada no se adoptase acuerdo expreso de fijación de tarifas por el órgano competente, las mismas se entenderán prorrogadas por una nueva temporada. No obstante, se estará a lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y permanecerá en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
En Santa María de la Alameda, a 7 de febrero de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Gloria de Castro García.
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