Visto el escrito de solicitud de modificaciones estatutarias presentado por D. Sixto Casado Aldana, en representación de la asociación sindical denominada Sindicato Ferroviario de Madrid, en siglas SFM, y teniendo en cuenta los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero
Que la citada asociación presentó escrito, con registro de entrada 28/2024/000009, en esta Oficina de Depósito de Estatutos, de fecha 5 de enero de 2024, por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
Al observarse defectos en la documentación presentada, se requirió con fecha de 11 de enero de 2024, la subsanación de los mismos, que fue efectuada el día 23 de enero de 2024.
Se adjunta certificación de los acuerdos de modificación estatutaria adoptados en el V Congreso del Sindicato Ferroviario de Madrid, celebrado el 7 de junio de 2018, firmada por el Secretario General. Asimismo se aporta el texto íntegro de los nuevos estatutos modificados.
Se modifican íntegramente los estatutos que se ordenan en 7 títulos y 28 artículos. En particular, en el artículo 5 de los nuevos estatutos, se incluye el cambio de denominación y en el artículo 6, las siglas del sindicato.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
A los anteriores Antecedentes, son de aplicación los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto de Libertad Sindical y en el Real Decreto 932/95, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de Trabajo y demás disposiciones complementarias concordantes.
Segundo
Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/85, de Libertad Sindical y en el artículo 7 del Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo.
Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo,
ACUERDA
El depósito de la modificación del texto de la asociación sindical Sindicato Ferroviario de Madrid-SFM; así como la inserción de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011 reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" de 11 de octubre de 2011).
Madrid, a 1 de febrero de 2024.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
(03/2.016/24)