ORDEN 59/2024, de 22 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo y Hostelería para el año 2024.

Las subvenciones se erigen como herramientas de potenciación del sector turístico de la región, pues permiten tanto el fomento como la promoción del mismo, fuente generadora de empleo e ingresos para la economía.

La actividad subvencional de la Administración Pública ha de planificarse para poder realizar una asignación equitativa, eficaz, eficiente y económica de los recursos públicos, con pleno sometimiento a la Ley y al Derecho, de acuerdo con los principios establecidos en los artículos 31.2 y 103.1 de la Constitución Española.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1 que los órganos de las Administraciones Públicas que propongan el establecimiento de subvenciones deberán, con carácter previo, concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Por su parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, en su artículo 4 bis, recoge esta obligación, en idénticos términos.

De otro lado, se han aprobado los presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2024, mediante la Ley 15/2023, de 27 de diciembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID núm. 309, de 29 de diciembre de 2023. Para dicho ejercicio 2024, en cumplimiento de los principios de equilibrio presupuestario, estabilidad, y de crecimiento económico, se considera imprescindible continuar desempeñando una acción subvencional en el sector del turismo de nuestra región, bajo el prisma siempre de la racionalización y de la transparencia, a fin de incrementar la eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público en el ámbito de subvenciones.

Por cuanto antecede y de acuerdo con el artículo 41.l) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en relación con el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo y Hostelería para el año 2024, que se incorpora como Anexo a la presente Orden.

Segundo

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

La presente Orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, conforme a lo establecido en el artículo 25.1.a) de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 22 de enero de 2024.

El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, MARIANO DE PACO SERRANO

ANEXO

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TURISMO Y HOSTELERÍA PARA EL AÑO 2024

En base al artículo del artículo 26.1.21 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por la Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, ésta tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de turismo.

Mediante Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se atribuye a la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, las competencias que actualmente ostenta, en virtud de lo prevenido en su artículo 10.

Con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se determinaron los órganos superiores y directivos de cada Consejería, así como los entes, organismos y empresas adscritos, incluyendo en su artículo 9 la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. De conformidad con dicho artículo 9 del citado Decreto, la Dirección General de Turismo pasa a denominarse Dirección General de Turismo y Hostelería.

Finalmente, el Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Según lo dispuesto en el artículo 9 del meritado Decreto, la Dirección General de Turismo y Hostelería asume, entre otras, la competencia correspondiente a la coordinación, fomento y planificación del sector y de la actividad turística y su sostenibilidad.

La Dirección General de Turismo y Hostelería tiene entre sus objetivos incrementar los flujos turísticos de la región, consolidar y proteger el tejido empresarial turístico, y contribuir a la generación de empleo en dicho sector. Asimismo, desde esta Dirección General se lleva a cabo la potenciación e impulso de nuevos recursos y destinos, a través de la creación de productos y subproductos, así como la consolidación de los existentes.

Todos estos objetivos se canalizan mediante el desarrollo de actuaciones estratégicas que permitan afianzar e impulsar la posición del destino de Madrid en el ámbito turístico.

Deviene fundamental continuar implementando acciones de potenciación de los recursos turísticos en las áreas geográficas de la Comunidad, para incrementar la calidad del sector turístico de la Comunidad de Madrid, con efectos fortalecedores para el crecimiento de la Región.

1. Ámbito normativo competencial

El Plan Estratégico tiene como referencia las siguientes normas:

— La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 264/2023, de 5 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

2. Objetivos

Con el presente Plan Estratégico de Subvenciones, la Dirección General de Turismo y Hostelería pretende:

— Contribuir al desarrollo de una oferta turística sólida, diversificada y atractiva que influya en la generación de empleo y de ingresos económicos para la región madrileña, a partir de la promoción y potenciación de los recursos turísticos de sus diferentes áreas geográficas.

— Impulsar una estrategia en común, en la que participen todos los agentes que intervienen en el turismo, y que contribuya a transformar nuestro modelo turístico en la dirección que indican los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

— Crear una oferta turística más atractiva, diversificada y participativa, a partir del desarrollo de nuevos recursos turísticos.

— Impulsar actividades de dinamización en áreas de interés turístico, así como fomentar la especialización de los productos turísticos.

— Promocionar y apoyar el desarrollo y consolidación del producto de enoturismo, mediante nuevas propuestas de viaje en coche, en bicicleta o caminando, rutas que incluirán la interpretación del patrimonio cultural y del territorio, así como de bodegas, enotecas y museos de la cultura del vino.

— Fomentar la coordinación territorial y la colaboración público-privada del sector.

— Promover acciones de desarrollo sostenible y de calidad en el sector turístico, mediante la creación de itinerarios turísticos, a través de los trenes históricos de la Fundación Española de Ferrocarriles.

— Impulsar la puesta en marcha y mejora de Centros de Innovación Turística, cuyo objetivo es desarrollar políticas coordinadas con la Dirección General de Turismo y Hostelería en el fomento del desarrollo turístico sostenible, vertebrando las principales Comarcas de la región en torno al producto de turismo rural.

3. Costes presupuestarios y cuantía de la subvención

Los costes presupuestarios que durante el año 2024 destinará la Dirección General de Turismo y Hostelería a estas políticas, se cuantifican en setecientos mil euros (700.000,00 euros), con el siguiente desglose:

— Se imputará a la partida 46313 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), para la Concesión directa de una subvención a la "Mancomunidad de Servicios Valle Norte del Lozoya".

— Se imputará a la partida 48058 "Madrid Rutas del Vino", del Programa 432A, un importe de cien mil euros (100.000,00 euros), para apoyo al desarrollo y consolidación del enoturismo.

— Se imputará a la partida 48153 "Fundación Española de Ferrocarriles" del Programa 432A un importe de cien mil euros (100.000,00 euros), para fomento del turismo sostenible y de calidad, impulsando además destinos Patrimonio Mundial de la UNESCO.

— Se imputará a la partida 48075 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), para la Concesión directa de una subvención a la "Asociación de Desarrollo Sierra de Guadarrama-ADESGAM".

— Se imputará a la partida 48076 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), para la Concesión directa de una subvención a la "Asociación para el Desarrollo Integral de la Sierra Oeste de Madrid".

— Se imputará a la partida 48077 del Programa 432A, un importe de ciento veinticinco mil euros (125.000,00 euros), para la Concesión directa de una subvención a la "Asociación de Desarrollo Rural Comarca de Las Vegas y la Alcarria de Alcalá-Aracove".

4. Resultados perseguidos

— Potenciar la competitividad y el crecimiento económico del sector turístico madrileño con criterios de calidad, en el servicio y seguimiento de todos los agentes implicados para mejorar resultados y planteamientos actuales.

— Contribuir a un desarrollo sostenible y equilibrado de los destinos turísticos de la Comunidad de Madrid, así como su promoción y ordenación.

— Revestir a la Comunidad de Madrid de una oferta turística sólida, sostenible, diversificada y de calidad.

5. Requisitos de los beneficiarios

Los beneficiarios deberán dar cumplimiento a las obligaciones generales a que se refiere la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las obligaciones específicas recogidas en la Orden que instrumente la subvención.

6. Plazos

El presente Plan Estratégico se va a desarrollar en el espacio temporal correspondiente al ejercicio presupuestario 2024.

7. Sistema de evaluación

Se utilizarán los siguientes:

— Análisis y estudio de los proyectos presentados con carácter previo a la concesión de la ayuda.

— Justificación por los beneficiarios de los gastos subvencionados.

(03/1.274/24)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
19154 {"title":"ORDEN 59\/2024, de 22 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo y Hostelería para el año 2024.","published_date":"2024-02-05","region":"madrid","region_text":"Comunidad de Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid","id":"19154"} madrid BOCM,BOCM 2024 nº 30,Consejería de cultura, turismo y deporte,Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/madrid/boa/2024-02-05/19154-orden-59-2024-22-enero-consejeria-cultura-turismo-deporte-se-aprueba-plan-estrategico-subvenciones-direccion-general-turismo-hosteleria-ano-2024 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.