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Convocadas plazas para su provisión e incluidas en la oferta de empleo público extraordinaria por estabilización del empleo temporal 2022 y publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 77, de 31 de marzo de 2022, y corrección de errores publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 202, de 25 de agosto de 2022 y número 244, de 13 de octubre de 2022, son las siguientes:
Concluido el período para la presentación de posibles alegaciones, en relación con el proceso de estabilización de empleo temporal, para cubrir mediante el sistema de concurso varios puestos, Ley 20/2021, de 28 de diciembre, reducción temporalidad en el empleo público, así se desprende del expediente tramitado.
Mediante resolución del tribunal, de 22 de diciembre de 2023, se acordó desestimar en su totalidad la alegación presentada por D. Ángel Peña Batres, por los motivos contenidos en la misma y vista la propuesta del tribunal sobre los aspirantes que han sido seleccionados en primer lugar y la propuesta de formación de bolsas de trabajo.
A través decreto de Alcaldía 18/1223 se procedió a determinar definitivamente aprobados los aspirantes que han sido seleccionados en primer lugar y la aprobación de las bolsas de trabajo para cada una de las ocupaciones
Es por lo que:
Primero.—Se publica para su general conocimiento la relación de personas definitivamente aprobadas, por orden de puntuación, dicha relación se encuentra expuesta al público íntegramente en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios (Madrid), al que se accede a través de su Sede Electrónica: https://sedecadalso.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon/wfrTablon....
Los aspirantes propuestos deberán acreditar ante este Ayuntamiento, en el plazo de veinte días hábiles, desde la publicación del presente anuncio, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Se advierte que quienes, dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
Segundo.—Se publica, para su general conocimiento, la formación de las bolsas del personal laboral. Dichas bolsas de trabajo para cada una de las ocupaciones se encuentran expuestas al público íntegramente en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Cadalso de los Vidrios (Madrid), al que se accede a través de su Sede Electrónica: https://sedecadalso.eadministracion.es/PortalCiudadano/Tablon/wfrTablon....
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, podrá formalizar demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, a la que acompañará copia de la resolución denegatoria o documento acreditativo de la interposición o resolución del recurso administrativo, según proceda, uniendo copia de todo ello para la entidad demandada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 69.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.
En Cadalso de los Vidrios, a 11 de enero de 2024.—La alcaldesa, Verónica María Muñoz Villalba.
(03/636/24)