En cumplimiento de lo previsto en el apartado 1, artículo 29 de la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y otros ingresos de derecho público, de las Ordenanzas Fiscales y Precios Públicos para 2024, se establece lo siguiente:
CALENDARIO FISCAL EJERCICIO 2024
Con carácter general, se establece que los períodos para pagar los tributos de carácter periódico serán los siguientes:
a) Impuestos sobre vehículos de tracción mecánica y tasa por entrada de vehículos a través de aceras y reservas de espacio en la vía pública: desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril.
b) Impuesto de bienes inmuebles: desde el día 1 de junio hasta el día 31 de julio.
c) Impuesto sobre actividades económicas: desde el día 1 de octubre hasta el día 30 de noviembre.
d) Tasa por prestación de servicios de recogida de basuras y residuos sólidos urbanos: desde el día 1 de marzo hasta el día 30 de abril.
Tres Cantos, a 8 de enero de 2024.—El alcalde-presidente, Jesús Moreno García.
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