En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del TRLRHL, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 15 de noviembre de 2023, sobre el expediente de modificación de créditos 4/2023, del presupuesto en vigor, en la modalidad de "Suplemento de crédito financiado con remanente de Tesorería para gastos generales, transferencias de otras aplicaciones y nuevos/mayores ingresos" como se indica en los siguientes apartados. Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del TRLLRHL, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha jurisdicción, sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto impugnado:
En Talamanca de Jarama, a 27 de diciembre de 2023.—El alcalde-presidente, Juan Manuel García Sacristán.
(03/21.847/23)