Acuerdo de la aprobación definitiva de la modificación de créditos número 2/2023 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos, por falta de reclamaciones contra el acuerdo del Pleno de la Mancomunidad de Servicios Sociales Pantueña, de 9 de noviembre 2023.
Habiéndose aprobado definitivamente la modificación de créditos número 2/2023 del presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo a mayores ingresos, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Torres de la Alameda, a 20 de diciembre de 2023.—El presidente, José Antonio Blanco Heras.
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