El Pleno de esta entidad, en sesión ordinaria celebrada el día 16 de noviembre de 2023, acordó la aprobación provisional de la derogación parcial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, por motivos de simplificación del servicio ofrecido al ciudadano, así como minoración de la carga administrativa para el Ayuntamiento, suprimiendo los apartados a) y b) de los artículos 2.o y 5.o, respectivamente, reguladores de los siguientes extremos:
"Artículo 2.o Hecho imponible
a) Expedición de certificados de convivencia, empadronamiento o dependencia.
b) Expedición de certificaciones de vecindad, residencia o de otros extremos del padrón municipal".
"Artículo 5.o Base imponible y cuota
a) Certificaciones de convivencia, empadronamiento o dependencia 2,00.
b) Certificaciones de vecindad, residencia o de otros extremos del padrón municipal 2,00.
Manteniendo la vigencia del resto de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos mientras no se disponga lo contrario".
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://aytocolladomediano.sedelectronica.es ).
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Collado Mediano, a 28 de noviembre de 2023.—La alcaldesa, María de la Sierra Serrano Flórez.
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