Torrejón de Ardoz. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Modificación del anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 57, de 8 de marzo de 2023, por el que se publicaba el acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 27 de febrero de 2023 (punto n.o 12), por la que se aprueba las bases específicas y convocatoria de subvenciones, para la concesión de ayudas para la realización de actuaciones vinculadas al programa municipal "Mejoramos tu entorno. Mejoramos tu bienestar", para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día en el marco del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia año 2023. (Código convocatoria: 2023/2023/3/640817/000).

BDNS 679036

Que, por acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, se aprobó, en sesión ordinaria celebrada el día 12 de junio de 2023 (punto n.o 2) fuera del orden del día, la modificación de dicha convocatoria, en cuanto a la minoración de crédito presupuestario asignado a la misma en 50.000,00 euros.

En Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, se ha aprobado, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de octubre de 2023, (punto n.o 1) fuera del orden del día, la modificación de las bases reguladoras y convocatoria, para la concesión de ayudas para la realización de actuaciones vinculadas al programa municipal "Mejoramos tu Entorno. Mejoramos tu Bienestar", para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día en el marco del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, para la ejecución de proyectos con cargo a los fondos europeos procedentes del mecanismo para la recuperación y resiliencia. Esta modificación consiste en la ampliación del plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables, previsto en la Base Quinta de las bases reguladoras y convocatoria.

Por lo expuesto, el anuncio 03/3.631/23, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 57, de 8 de marzo de 2023, debe modificarse en los apartados cuarto, quinto, sexto y séptimo en los siguientes términos:

Donde dice:

Cuarto. Dotación presupuestaria.—Las ayudas que se conceden al amparo de esta línea de subvención serán financiadas con cargo a la AP 080 23100 48000 "Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, subvención adaptación de viviendas", presupuesto 2023, por importe de 353.828,96 euros.

Estas ayudas están financiadas al 100 por 100 con fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, Subproyecto S-22 "Adaptación de viviendas de usuario de centro de día".

El importe a conceder a cada beneficiario de la ayuda será del 79 por 100 del coste de la actuación subvencionable y hasta un máximo de 15.000,00 euros/solicitud. La subvención no podrá en caso alguno ir destinada al pago del impuesto sobre el valor añadido derivado de la actuación subvencionable.

Quinto. Plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables.—Podrán ser objeto de subvención las actuaciones subvencionables ejecutadas desde el 1 de enero de 2022, aquellas que están en desarrollo o no iniciadas a la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionables, pendientes de ejecución, no podrá exceder del 30 de noviembre de 2023.

Sexto. Solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta 30 de septiembre de 2023, podrá presentarse, a elección de las personas físicas, por cualquiera de las siguientes formas previstas en el artículo 14 LPACAP: Electrónicamente, accediendo a la página web del Ayuntamiento, en este caso deberá utilizar alguno de los medios electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP.

Séptimo. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. Los/as beneficiarios/as estarán obligados a justificar la realización de la actuación y cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención antes del 20 de diciembre de 2023. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones o su cumplimiento extemporáneo, cuando el incumplimiento total de las condiciones o el del plazo fuera determinante para la consecución del fin público perseguido será causa de pérdida total del derecho al cobro y, en su caso, de reintegro.

Debe decir:

Cuarto. Dotación presupuestaria.—Las ayudas que se conceden al amparo de esta línea de subvención serán financiadas con cargo a la AP 080 23100 48000 "Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, subvención adaptación de viviendas", presupuesto 2023, por importe de 303.828,96 euros.

Estas ayudas están financiadas al 100 por 100 con fondos europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, Subproyecto S-22 "Adaptación de viviendas de usuario de centro de día".

El importe a conceder a cada beneficiario de la ayuda será del 79 por 100 del coste de la actuación subvencionable y hasta un máximo de 15.000,00 euros/solicitud. La subvención no podrá en caso alguno ir destinada al pago del impuesto sobre el valor añadido derivado de la actuación subvencionable.

Quinto. Plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables.—Podrán ser objeto de subvención las actuaciones subvencionables ejecutadas desde el 1 de enero de 2022, aquellas que están en desarrollo o no iniciadas a la fecha de presentación de la solicitud.

El plazo para la ejecución de las actuaciones subvencionables, pendientes de ejecución, no podrá exceder del 28 de febrero de 2024.

Sexto. Solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones objeto de esta convocatoria comprenderá el día siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta 30 de septiembre de 2023, y se extiende el plazo desde el 11 al 22 de noviembre de 2023, podrá presentarse, a elección de las personas físicas, por cualquiera de las siguientes formas previstas en el artículo 14 LPACAP: Electrónicamente, accediendo a la página web del Ayuntamiento, en este caso deberá utilizar alguno de los medios electrónicos admitidos por el Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz. Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz, o mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la LPACAP

Séptimo. Otros datos.—El proceso de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. Los/as beneficiarios/as estarán obligados a justificar la realización de la actuación y cumplimiento de la finalidad que determinó la concesión de la subvención hasta el 27 de marzo de 2024. El incumplimiento de cualquiera de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de las subvenciones o su cumplimiento extemporáneo, cuando el incumplimiento total de las condiciones o el del plazo fuera determinante para la consecución del fin público perseguido será causa de pérdida total del derecho al cobro y, en su caso, de reintegro.

Torrejón de Ardoz, a 14 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Alejandro Navarro Prieto.

(03/19.117/23)

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