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Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2023 por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para implantación del uso terciario recreativo de establecimiento para el consumo de bebidas y comidas (bar-restaurante) tipo IV, en la planta baja del edificio sito en el paseo de la Castellana, número 280, promovido por Sigla, S. A., del Distrito de Chamartín, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 15 de diciembre de 2022. Distrito de Chamartín.
El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (12/2023), ordinaria celebrada el día 28 de septiembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
"Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para implantación del uso terciario recreativo de establecimiento para el consumo de bebidas y comidas (bar-restaurante) tipo IV, en la planta baja del edificio sito en el paseo de la Castellana, número 280, promovido por Sigla, S. A., del Distrito de Chamartín, una vez evacuados los trámites exigidos en el Acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el 15 de diciembre de 2022.
Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid".
Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido con fecha 6 de octubre de 2023, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 10 de octubre de 2023.—De acuerdo con sus antecedentes, el jefe del Servicio, Fernando Rodríguez Duque.—Conforme, el subdirector generral, Miguel Jiménez Gómez.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
(02/18.839/23)