En Madrid, a 5 de octubre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. D.a Ana Dávila-Ponce de León Municio, Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 46/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las atribuciones que le confieren el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra parte, doña María Asunción Rancé Giménez-Salinas, en nombre y representación de la mercantil Glovoapp Spain Platform, S. L. U., habilitada por escritura notarial número 1.840, de 27 de junio de 2019, con domicilio social en calle Llul, número 108, de Barcelona (en adelante, "Glovo").
Reconociéndose las partes mutua y recíprocamente la competencia y capacidad jurídica suficiente para suscribir los compromisos derivados de la presente Adenda y quedar obligadas en la representación en que efectivamente intervienen, a tal efecto
EXPONEN
Con fecha 17 de marzo de 2023 se suscribió el convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales y la Empresa Glovoapp Spain Platform, S. L. U., para la puesta a disposición de una plataforma para envíos y entregas de productos a través de la página web Glovo.
El objeto del citado convenio es el establecimiento de las condiciones y requisitos a las que se ajustará la colaboración entre la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid y la empresa Glovo para mitigar las consecuencias que los problemas de movilidad o salud puedan causar a los usuarios de los comedores sociales de la Comunidad de Madrid impidiendo o dificultando su acceso al mismo.
Según establece la estipulación novena: "El presente convenio estará vigente desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2023, pudiéndose prorrogar por voluntad expresa de las partes, hasta un máximo de cuatro años, o modificar su contenido mediante la formalización de la correspondiente Adenda".
Con fecha 28 de agosto de 2023 se suscribió una adenda donde se modificaba el contenido de la "Cláusula cuarta: contenido de la intermediación de envíos y entregas".
Estimándose por ambas partes que se han producido avances notorios en el cumplimiento del objeto y finalidad del Convenio, así como que sigue siendo necesario continuar con las actuaciones de colaboración contempladas en el mismo, en base a la referida estipulación novena.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera adenda de prórroga del convenio mencionado, conforme a la siguiente
CLÁUSULA
Única
Prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula novena del convenio suscrito el 17 de marzo de 2023, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la presente adenda, siendo la fecha de formalización de la misma la correspondiente a la de la firma de la Comunidad de Madrid. o en ausencia de esta, la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 5 de octubre de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Ana Dávila-Ponce de León.—El representante legal de GlovoAppSpain Platform, S. L. U., María Asunción Rancé Giménez-Salinas.
(03/17.151/23)