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Visto el nombramiento del juez de paz sustituto por acuerdo de Pleno de 3 de mayo de 2018 (publicado en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 156 de 2 de julio de 2018).
Considerando que dicho puesto se ha de renovar por extinción del período estipulado según los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1958 de 1 de julio del Poder Judicial, y artículos 4 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz.
Por todo lo anterior, se propone:
Primero.—Convocar la próxima renovación del cargo de juez de paz sustituto de Navalafuente mediante anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, del Juzgado de Paz, y del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción del partido judicial, bandos y página web municipal.
Segundo.—Abrir un plazo de quince días naturales a contar desde la fecha de la última publicación en los medios mencionados a fin de que se presenten por aquellos que estén interesados instancia en el Ayuntamiento de Navalafuente.
Tercero.—Los requisitos son ser español, mayor de edad, y no estar incurso en ninguna de las causas de incapacidad o incompatibilidad que se establecen en los artículos 303 y 389 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, a excepción del ejercicio de actividades profesionales o mercantiles.
Cuarto.—A la instancia se deben de acompañar los siguientes documentos:
— Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
— Certificado negativo de antecedentes penales.
— Partida de nacimiento.
— Certificado de no tener impedimento físico o psíquico para ejercer la función judicial.
— Declaración responsable de no hallarse incurso en causas de incompatibilidad e incapacidad, previstas en los artículos 303, 389 y 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
— Informe que contenga si el interesado está afiliado a algún partido político o sindicato o trabaja para ellos, si esta colegiado como abogado o procurador, ejerciente, así como si es funcionario o empleado de alguna Administración Pública.
— Títulos académicos o cualquier otro documento acreditativo de los méritos que posea, en relación con dicho cargo, haciendo referencia a su ocupación y trabajo actual para proceder con posterioridad al nombramiento por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
Navalafuente, a 20 de julio de 2023.—El alcalde, Eugenio Alcalá Nieto.
(03/16.491/23)