Consejería de cultura, turismo y deporte - Anuncios (BOCM nº 2023-237)

CONVENIO de 15 de septiembre de 2023, entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid, para establecer las condiciones de colaboración y participación del Ayuntamiento de Madrid en la celebración de la Semana de la Hispanidad 2023 que organiza la Comunidad de Madrid.

REUNIDOS

De una parte, D. Mariano de Paco Serrano, Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, y en virtud del nombramiento efectuado por el Decreto 47/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid por el que se le nombra Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, y de conformidad con el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, Marta Rivera de la Cruz, Concejal Delegada del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, según nombramiento efectuado por Decreto de Alcalde, de 17 de junio de 2023, en representación del Ayuntamiento de Madrid, y en virtud de las competencias atribuidas por el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.

Ambas partes se reconocen recíprocamente personalidad jurídica y capacidad legal bastante para obligarse en derecho y para la firma del presente convenio y

EXPONEN

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a ésta la competencia exclusiva en materia de fomento de la cultura, que ejerce a través de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, en virtud del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el Decreto 76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 229/2021, de 13 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Que, en el año 2023, como parte de sus competencias, la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte tiene previsto organizar una serie de actos para el desarrollo, coordinación y control de ejecución de las políticas públicas del Gobierno en materia de Cultura.

Que dentro de los actividades para ejercer sus competencias, la Comunidad de Madrid organizará, del 6 al 15 de octubre, la Semana de la Hispanidad 2023, un evento propio de la administración autonómica, que convierte a Madrid en referente de la celebración para conmemorar la universalidad de la lengua y la cultura en español, y su identidad integradora en las diferentes culturas hispanas, una oportunidad para mostrar la riqueza, diversidad y tradición de la cultura en español a través de actividades que incluyen música, gastronomía, danza, arte, artes escénicas y literatura, entre otras.

Bajo el lema "Todos los acentos caben en Madrid", la tercera edición, en 2023, tiene entre sus objetivos difundir el carácter de Madrid como tierra de concordia, unión y acogida, enfocando la Semana de la Hispanidad una plaza mayor abierta, libre y hospitalaria para los cerca de 600 millones de hablantes del español en el mundo.

Que en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 17 de junio de 2023 del Alcalde por el que se establece el número, denominación y competencias de las áreas en las que se estructura la Administración del Ayuntamiento de Madrid, y en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, corresponde a la persona titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la celebración de convenios con otras Administraciones y Entidades públicas y privadas en el desarrollo y ejecución de las competencias del Área de Gobierno.

Asimismo, que en el referido Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte se establece que corresponden a la mencionada Área de Gobierno las competencias ejecutivas en materia de programación de actividades culturales. En virtud del mismo Acuerdo se adscribe al Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte la empresa municipal Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S. A., que como medio propio realiza la gestión de programas y actividades culturales y artísticas, su organización, apoyo y difusión, la promoción de iniciativas públicas en dicho ámbito, incluyendo la colaboración con entidades públicas y la prestación de todos los servicios e infraestructuras integrantes o complementarios de estos programas y actividades.

Que la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid formalizan el presente convenio con el objetivo de definir la participación del Ayuntamiento de Madrid en la Semana de la Hispanidad organizada por la Comunidad de Madrid, que contará con numerosas actividades distribuidas en varios escenarios de la capital.

En la edición de 2023, la colaboración se concretará preferentemente en los espacios de plaza Mayor, plaza de España, Matadero, plaza de la Remonta y en los siguientes mercados municipales: Mostenses, Maravillas, Ventas, Barceló, Antón Martín y Tirso de Molina. Dicha colaboración también se concretará en la coordinación de acciones de publicidad y comunicación institucional para animar la participación de los madrileños y las personas que visiten Madrid, capital europea del español, durante esa semana.

Que para la consecución de los referidos fines ambas partes acuerdan, a los efectos oportunos y de conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, suscribir un convenio de colaboración sujeto a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Objeto del convenio

El objeto del presente convenio es establecer las condiciones de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid para la participación del Ayuntamiento de Madrid en la Semana de la Hispanidad organizada por la Comunidad de Madrid, entre el 6 y el 15 de octubre de 2023. Dicha colaboración se centrará en la contratación de actuaciones en los espacios contenido en el anexo a este convenio.

Segunda

Obligaciones del Ayuntamiento de Madrid

1. Contratar actividades culturales y/o espectáculos artísticos en los escenarios en espacios abiertos que la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid instalarán para la celebración de la Semana de la Hispanidad. Dichas actividades culturales y espectáculos artísticos serán siempre de carácter gratuito y se ajustarán al documento de programación artística anexo a este convenio.

2. Facilitar las autorizaciones correspondientes para el desarrollo de las actividades que programe la Comunidad de Madrid para la celebración de la Semana de la Hispanidad 2023 en los espacios de titularidad municipal.

3. Difundir en los medios, soportes y espacios municipales la imagen oficial de la Semana de la Hispanidad, con la imagen aprobada por la Comunidad de Madrid, incluyendo los logos de todos los colaboradores de la misma.

Tercera

Obligaciones de la Comunidad de Madrid

1. Contratar actividades culturales y/o espectáculos artísticos en los escenarios que la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid instalarán para la celebración de la Semana de la Hispanidad, según del documento de programación artística anexo a este convenio.

2. Formalizar los permisos necesarios para el desarrollo de las actividades que programe en la vía pública.

3. Difundir en los medios, soportes y espacios autonómicos la imagen oficial de la Semana de la Hispanidad, con los logos de todos los colaboradores de la misma.

Cuarta

Comunicación y difusión de la Semana de la Hispanidad

1. La Semana de la Hispanidad es un proyecto de la Comunidad de Madrid, cuya marca se encuentra registrada en la Oficina Española de Patentes y Marcas, con número de marca 4.176.184.

2. En todo caso, la imagen oficial de la Semana de la Hispanidad, será provista por la Comunidad de Madrid, que también aprobará todas las adaptaciones a los diferentes soportes y medios de las administraciones que participan en este convenio y de terceros, y que incluirán los logotipos de las instituciones y colaboradores, así como el claim oficial: "Todos los acentos caben en Madrid".

3. El plan de medios para la difusión de la Semana de la Hispanidad en soportes y medios de cualquier índole aportados o contratados por los firmantes, las creatividades y sus adaptaciones, serán aprobados previamente por cada una de las partes, en el ámbito de aplicación de este convenio.

Quinta

Condiciones económicas

Este convenio está exento de cualquier contraprestación económica por cualquiera de las partes firmantes.

Sexta

Comisión de Vigilancia, Control y Seguimiento

Se creará una comisión mixta de vigilancia, control y seguimiento que resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse, con el fin de adecuarse a las diversas circunstancias imprevistas que se pudieran producir.

El funcionamiento de dicha Comisión Mixta, se regulará por lo dispuesto en los artículos 15 a 18 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Dicha comisión estará integrada por dos representantes del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y dos representantes de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid.

Ejercerá las funciones de presidente de esta comisión, con voto de calidad, el titular de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, o persona en quien delegue, y de secretario, con voz, pero sin voto, un funcionario adscrito a la misma.

Séptima

Modificación del convenio

El presente convenio constituye la manifestación expresa de la voluntad de las partes en relación con la materia aquí contenida. Cualquier modificación de los términos del mismo deberá ser hecha por escrito y firmada por ambas partes, y requerirá acuerdo unánime de los firmantes, de acuerdo con el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Octava

Resolución del Convenio y efectos

El presente convenio podrá resolverse por alguna de las siguientes causas:

— El cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.

— Mutuo acuerdo de las partes.

— Declaración judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

— Decisión de cualquiera de las partes si sobreviniesen causas que impidiesen o dificultasen de forma significativa la ejecución del objeto del convenio, y siempre que sea comunicado por escrito a la otra parte con antelación suficiente.

— Incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera las cláusulas establecidas en el presente convenio. En caso de que alguna de las partes incumpla las obligaciones asumidas en virtud de este convenio, la otra parte, una vez intentada sin éxito la conciliación en el seno de la Comisión de seguimiento, estará facultada para denunciar el convenio, dando lugar a su extinción, con abono, en su caso, de los daños y perjuicios efectivamente causados y restantes consecuencias legales. En este caso, el cálculo de la indemnización se realizará con arreglo a los criterios de valoración establecidos en la legislación fiscal, de expropiación forzosa y demás normas aplicables, ponderándose, en su caso, las valoraciones predominantes en el mercado. Se tomará como referencia el día en que la lesión efectivamente se produjo; la cuantía se actualizará a la fecha en que se finalice el procedimiento de responsabilidad con arreglo al índice de garantía de la competitividad, fijado por el INE; deberán actualizarse en la fecha que finalice el procedimiento de responsabilidad, los intereses que procedan por demora en el pago de la indemnización. Para el cálculo de los intereses se atenderá a la legislación presupuestaria en vigor.

— Cualquier otra prevista en este convenio o en otras leyes.

Novena

Régimen jurídico

1. Este convenio queda sujeto a las normas imperativas de Derecho Público y, en particular, dada su naturaleza administrativa, a los principios de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación cuarta, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid y al Ayuntamiento de Madrid.

Décima

Protección de datos personales

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Undécima

Vigencia del convenio

El presente convenio estará en vigor desde la fecha de su firma hasta el cumplimiento de las obligaciones de las partes, esto es, la realización de todas las actividades previstas en su objeto y, en todo caso, hasta el 31 de diciembre de 2023.

Y para que así conste, ambas partes firman el presente convenio, siendo la fecha de formalización de este, la correspondiente a la firma más reciente.

Madrid, a 15 de septiembre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, Mariano de Paco Serrano.—La Delegada de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid, Marta Rivera de la Cruz.

ANEXO I

PROGRAMACIÓN ARTÍSTICA E INSTALACIÓN DE ESCENARIOS

1. La Comunidad de Madrid se hará cargo de:

— La instalación de los escenarios de la plaza Mayor, plaza de la Remonta, y plaza de España.

— Contratación de espectáculos a celebrar en las plazas citadas y en Matadero.

2. El Ayuntamiento de Madrid, a través de Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S. A., se hará cargo de:

— La instalación del escenario en Matadero.

— Contratación de espectáculos en los escenarios instalados por la Comunidad de Madrid en las plazas contempladas en el punto 1 y en Matadero.

— Actividades de dinamización en mercados municipales de Mostenses, Maravillas, Ventas, Barceló, Antón Martín y Tirso de Molina.

— Espectáculo de pirotecnia musical en el Palacio de Cibeles.

(03/16.062/23)

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