Aprobado definitivamente el expediente de Modificación de Crédito número 4/2023, Crédito Extraordinario financiado con Remanente de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2, del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. La interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Pelayos de la Presa, a 18 de septiembre de 2023.—El alcalde-presidente, Antonio Sin Hernández.
(03/15.800/23)