Ayuntamiento de getafe - Ayuntamiento de getafe (BOCM nº 2023-212)

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Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de convocatoria de Premios Cultura 2023, dirigidos a entidades sin ánimo de lucro, personas físicas y agrupaciones de personas físicas de Getafe.

BDNS 711224

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

Objeto de la convocatoria

Se convocan premios mediante régimen de concurrencia competitiva dirigidos a entidades jurídicas sin ánimo de lucro, personas físicas y agrupaciones de personas físicas de Getafe que desarrollen su actividad cultural en alguno de los siguientes ámbitos y modalidades:

1. Entidades y colectivos: Aquellas entidades o colectivos que desarrollen su actividad artística, amateur no profesional, en cualquiera de las siguientes disciplinas artísticas:

— Artes Escénicas: Considerando como tales la Danza, el Teatro y el Circo. Esta modalidad tiene como objetivo premiar proyectos artísticos en los ámbitos del teatro, la danza, el circo y otras expresiones de las artes del movimiento y artes de calle.

— Artes Musicales: Considerando como tales, las agrupaciones musicales y las agrupaciones corales. Esta modalidad tiene como objetivo premiar proyectos artísticos en el ámbito de la creación y la producción musical en cualquiera de sus lenguajes.

— Artes Plásticas: Comprendidas por la pintura y la escultura. Esta modalidad tiene como objetivo premiar proyectos artísticos en el ámbito de las artes plásticas en cualquiera de sus lenguajes.

— Artes Visuales: Cine, Nuevos Medios y Fotografía. Esta modalidad tiene como objetivo premiar proyectos artísticos en el ámbito de las artes visuales y audiovisuales en cualquiera de sus lenguajes. Estas propuestas pueden conceptualizarse tanto en formato expositivo como en otros formatos.

— Artes Literarias: Creación literaria, Desarrollo Editorial y Fomento de la lectura. Esta modalidad tiene como objetivo premiar proyectos artísticos de nueva creación en el ámbito de la creación literaria, es decir, en narrativa, poesía, ensayo y escritura de textos teatrales y guiones audiovisuales.

— Promoción del Patrimonio Histórico y Cultural y preservación de las tradiciones culturales: Estas propuestas deben promover la difusión del patrimonio cultural inmaterial, así como aquellas otras que pongan en práctica actividades vinculadas a la preservación y difusión de costumbres, tradiciones populares y cultura antropológica cuya actividad se desarrolle en el municipio de Getafe.

— Fomento de la interculturalidad, diversidad y convivencia: Actividades tendentes al fomento de valores universales como la igualdad, la solidaridad, el conocimiento..., y generar interrelación entre los diversos ámbitos de la diversidad intercultural en Getafe.

2. Personas físicas: Aquellas personas residentes en Getafe, con trayectoria artística o creativa en cualquiera de las siguientes disciplinas artísticas:

— Artes Escénicas: Considerando como tales la Danza, el Teatro y el Circo.

— Artes Musicales: Considerando como tales, la producción, creación y/o interpretación musical, instrumental y/o vocal.

— Artes Plásticas: Comprendidas por la pintura y la escultura.

— Artes Visuales: Cine, Nuevos Medios y Fotografía.

— Artes Literarias: Creación literaria, Desarrollo Editorial y Fomento de la lectura.

— Promoción del Patrimonio Histórico y Cultural y preservación de las tradiciones culturales: Publicaciones y proyectos de investigación histórica sobre Getafe.

3. Categorías especiales: Se establecen las siguientes categorías especiales:

1. Premios a la innovación cultural: Dirigidos a proyectos innovadores promovidos por personas físicas, entidades y/o colectivos de personas, en cualquiera de las disciplinas artísticas.

2. Premios al talento joven: Dirigido a jóvenes menores de 35 años y/o a proyectos que promuevan el talento joven, promovidos por personas físicas, entidades y/o colectivos de personas, en cualquiera de las disciplinas artísticas.

3. Premios a la aportación de la mujer en la cultura: Dirigidos a mujeres con trayectoria artística o creativa y/o proyectos en los que se visibilice y/o empodere el papel de la mujer en la cultura, promovidos por personas físicas, entidades y/o colectivos de personas, en cualquiera de las disciplinas artísticas.

Requisitos de participación

Podrán participar en el concurso, en cualquiera de las categorías anteriormente mencionadas, entidades jurídicas sin ánimo de lucro, personas físicas y agrupaciones de personas físicas.

Todos los participantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Las asociaciones deben estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro correspondiente según su régimen jurídico así como en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados.

2. Las agrupaciones de personas físicas deben estar compuestas mayoritariamente por vecinos empadronados en Getafe.

3. Las personas físicas que se postulen a nivel individual deberán ser vecinos empadronados en Getafe.

4. En el momento de apertura del plazo de presentación de solicitudes las entidades (o el representante en el caso de agrupaciones de personas físicas) deben hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.

No recibirán puntuación ni podrán ser premiados aquellas actividades que hayan sido realizadas en concepto de prestación de servicios o ayudas otorgadas por este Ayuntamiento.

Presupuesto y premios

El presupuesto máximo de la presente convocatoria es de ciento diecinueve mil euros (119.000 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria número 334.01.480.00 denominada "Transferencias Corrientes a Familias e Instituciones sin fines de lucro. Difusión Cultural", considerándose gasto público, repartido de la siguiente forma:

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Estas imágenes pertenecen a Página Oficial del Gobierno de la Comunidad de Madrid

Entidades y colectivos:

A Artes Escénicas y Artes Musicales: Se establecen los siguientes premios: 11 premios de 2.000.

El jurado podrá determinar la concesión, además del premio concedido, de un premio extraordinario a alguna destacada, por cuantía de 2.000 euros.

B. Artes Plásticas, Artes Visuales y Artes Literarias: Se establecen los siguientes premios: 3 premios de 2.000 euros.

El jurado podrá determinar la concesión, además del premio concedido, de un premio extraordinario a alguna destacada, por cuantía de 2.000 euros.

C. Promoción del Patrimonio Histórico y Cultural y preservación de las tradiciones culturales. Se establecen los siguientes premios:

— 3 premios de 7.000 euros.

— 3 premios de 9.000 euros.

El jurado podrá determinar la concesión, además del premio concedido, de dos premios extraordinarios a alguna destacada, por cuantía de 9.000 euros cada uno.

D. Fomento de la interculturalidad, diversidad y convivencia. Se establecen los siguientes premios:

— 8 premios de 2.000 euros.

Personas físicas:

Disciplinas artísticas:

A. Artes Escénicas, Artes Musicales, Artes Plásticas, Artes Visuales, Artes Literarias y Promoción del Patrimonio Histórico Y Cultural y Preservación de las Tradiciones Culturales. Se establecen los siguientes premios: 4 premios de 500 euros.

Categorías especiales:

— Premio a la Innovación Cultural: 1 premio de 1.000 euros.

— Premio al Talento Joven: 1 premio de 1.000 euros.

— Premios a la Aportación de la Mujer en la Cultura: 1 premio de 1.000 euros.

Solicitud y plazo

Las solicitudes, que se formalizarán según el modelo que figura como Anexo I de las presentes bases, se presentarán junto con la documentación requerida en el Registro General del Ayuntamiento de Getafe en el horario establecido por el departamento, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de veinte días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 26 de julio de 2023.—El concejal-delegado de Cultura, Convivencia, Salud Pública y Consumo, Luis José Domínguez Iglesias.

(03/14.890/23)

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