Consejería de medio ambiente, agricultura e interior - Anuncios (BOCM nº 2023-211)

RESOLUCIÓN de 15 de agosto de 2023, de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular, sobre autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de la subestación eléctrica Cristo de Rivas (USE243), en el término municipal de Rivas Vaciamadrid, solicitado por UFD distribución electricidad, S. A., en sustitución de la subestación existente Rivas del Jarama (USE141) (número de expediente: 2023P150-14-0141-00150.6/2023).

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Con fecha 11 de diciembre de 2019 tiene entrada en la extinta Dirección General de Industria, Energía y Minas escrito de UFD Distribución Electricidad, S. A., en el que se solicita la autorización administrativa y de aprobación del proyecto para la construcción de la instalación referenciada (en sustitución de la subestación existente Rivas del Jarama), al que se acompaña proyecto de ejecución firmado por Javier Sacristán Heras con número de colegiado 19917 del COIIM. Con fechas 5 de abril de 2021 (referencia 05/792259.9/21), 15 de julio de 2021 (referencia 55/273404.9/21) y 5 de noviembre de 2021 (referencia 65/677454.9/21), se realizan aportes, por parte de UFD Distribución Electricidad, S. A., de anexos al citado proyecto, firmados por el mismo proyectista. Con fecha 15 de noviembre de 2021 se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ejecución, con referencia de expediente 2019P899. Al haberse producido la caducidad de la autorización, con fecha 13 de febrero de 2023 se presenta nueva solicitud.

Segundo

Por parte de esta Dirección General se dio cumplimiento al trámite de información pública que figura en el artículo 10 del Decreto 70/2010, de 7 de octubre. Asimismo, se dio cumplimiento al trámite de información a otras Administraciones públicas, organismos o empresas, según establece el artículo 11 del citado Decreto. Concretamente, se remitió el proyecto de ejecución al Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid. Su respuesta fue favorable al desarrollo de la instalación objeto del expediente.

Tercero

En la tramitación de este expediente se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia de esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular para resolver la cuestión planteada viene determinada por el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Industria, Energía y Minas; el Decreto 237/2021, de 17 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Decreto 70/2010, de 7 de octubre, para la simplificación de los procedimientos de autorización, verificación e inspección, responsabilidades y régimen sancionador en materia de instalaciones eléctricas de alta tensión; la Orden de 31 de enero de 2011, por la que se aprueban los modelos y formularios para la presentación de proyectos de alta tensión; el Real Decreto 1955/2000, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución y comercialización, suministro y procedimiento de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Decreto 131/1997, de 16 de octubre, por el que se fijan los requisitos que han de cumplir las actuaciones urbanísticas en relación con las infraestructuras eléctricas; la Ley 2/2007, de 27 de marzo, por la que se regula la garantía de suministro eléctrico en la Comunidad de Madrid; el Reglamento de Líneas de Alta Tensión aprobado por Real Decreto 223/2008, y el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, aprobado mediante Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo.

Segundo

Del examen de la documentación que obra en el expediente se desprende que se ha seguido el procedimiento y cumplido los requisitos establecidos en la normativa citada, así como los demás de general y pertinente aplicación, por lo que esta Dirección General de Transición Energética y Economía Circular en el uso de sus atribuciones legalmente establecidas,

RESUELVE

Primero

Autorizar a UFD Distribución Electricidad, S. A., la construcción de la subestación eléctrica Cristo de Rivas (USE243), en sustitución de la subestación existente Rivas del Jarama (USE141). La nueva localización será avenida de la Tierra, número 3, del término municipal de Rivas Vaciamadrid. La ubicación en coordenadas UTM referidas al huso 30 son: X=454692; Y=4471086. Las características principales de la instalación en la nueva localización son:

Sistema de 132 kV:

En edificio, en configuración de doble barra con acoplamiento transversal, con celdas blindadas con aislamiento SF6, con las siguientes posiciones:

— Tres posiciones de transformador de potencia.

— Dos posiciones de línea (Loeches y Villaviciosa).

— Una posición de medida sin interruptor.

— Una posición de acoplamiento transversal.

— Adicionalmente se dispone de espacio para 6 posiciones futuras sin equipar.

Transformación:

Tres transformadores de 132/15 kV y 30 MVA, con refrigeración ONAN/ONAF, regulación en carga en el lado AT y grupo de conexión YNyn0, ubicados en tres nichos cerrados por muros de hormigón, un frontal desmontable de lamas metálicas y abiertos por la parte superior.

Los citados tres transformadores son los que actualmente se encuentran instalados en la subestación Rivas del Jarama, que serán trasladados de forma progresiva.

Sistema de 15 kV:

En edificio, en configuración de doble barra partida, con celdas blindadas con aislamiento SF6, con las siguientes posiciones:

— Tres posiciones de transformador de potencia.

— Trece posiciones de línea.

— Dos posiciones de acoplamiento transversal con equipos de medida.

— Dos posiciones de acoplamiento longitudinal.

— Dos posiciones de servicios auxiliares.

— Adicionalmente se dispone de espacio para 6 posiciones futuras sin equipar.

Elementos auxiliares:

— Dos transformadores de 15.000/420 V y 160 kVA, de distribución para servicios propios de la subestación.

— Sistema de detección automática en edificios y extinción portátil en toda la subestación.

Segundo

Aprobar el proyecto de ejecución de las instalaciones citadas en el párrafo anterior con arreglo a las siguientes condiciones:

1. Las obras se realizarán de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, cumpliendo las prescripciones dispuestas en los reglamentos vigentes.

2. El plazo de ejecución de la instalación será de 12 meses, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Resolución, advirtiéndole que si transcurrido dicho plazo no hubiera sido presentada la solicitud del acta de puesta en servicio, acompañada de la documentación establecida en el anexo I del Decreto 70/2010, se producirá la caducidad de la aprobación del proyecto, sin perjuicio de que el interesado pueda solicitar, por causas justificadas, una ampliación del plazo establecido.

3. La documentación a presentar con la solicitud de acta de puesta en servicio deberá incluir declaración responsable en la que el solicitante certifique que dispone de las oportunas concesiones, autorizaciones o permisos de Administraciones, organismos o empresas de servicios de interés general que puedan verse afectados por la instalación, en los bienes y derechos a su cargo.

Tercero

La presente autorización administrativa y aprobación del proyecto se concede sin perjuicio de las obligaciones del titular de disponer de las autorizaciones, licencias, informes favorables, aprobaciones o concesiones que fuese necesario obtener de otros organismos oficiales competentes o de terceros y, en particular, de lo exigido por la ordenación urbanística, así como del cumplimiento por parte del titular de otras obligaciones con los propietarios de locales y terrenos.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a partir de su notificación ante el Secretario General Técnico de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior de la Comunidad de Madrid conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Mediante este acto se notifica al interesado la resolución adoptada en el procedimiento de referencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 15 de agosto de 2023.—La Directora General de Transición Energética y Economía Circular, Cristina Aparicio Maeztu.

(02/14.519/23)

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