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BDNS: 709359, 709355 y 709461
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la Resolución de la Secretaria General Técnica de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras de corrección de errores del extracto de la Orden 2003/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, actual Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 182, de 2 de junio, cuyo texto completo puede consultarse en la Base General Nacional de Subvenciones ( http//www.minhap.gob.es/bdnstrans ) y en la página web www.comunidad.madrid
Primero
Corrección de errores
Advertido error en el extracto de la Orden 2003/2023, de 22 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, actual Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, por la que se convocan subvenciones para la ejecución de obras de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda previstas dentro del Programa 1, de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, y en el marco de C02.I01 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea, Next-Generation-EU, en el entorno residencial de rehabilitación programada de "Distrito Centro. Fase 1", en el municipio de Alcobendas, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
Donde dice:
"Quinto. Plazo de presentación
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta el día 30 de septiembre de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite".
Debe decir:
"Quinto. Plazo de presentación
Las solicitudes se podrán presentar desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, hasta el día 31 de octubre de 2023, sin perjuicio de que dicho plazo pudiera ser ampliado previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Orden de ampliación correspondiente. Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite".
Madrid, a 18 de agosto de 2023.—La Secretaria General Técnica, María Teresa Barcons Marqués.
(03/14.760/23)