Ayuntamiento de madrid - Ayuntamiento de madrid (BOCM nº 2023-199)

Madrid. Régimen económico. Madrid Salud. Concesión subvenciones

El Gerente de Madrid Salud, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobados por Acuerdo Plenario de fecha 19 de noviembre de 2004 y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 16 de la Convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2023, previa reunión de la Comisión de valoración de las solicitudes, de fecha 26 de junio de 2023, y propuesta de Resolución definitiva, realizada por la Subdirectora General de Adicciones de fecha 19 de julio de 2023, vino a adoptar con fecha 24 de julio de 2023, la siguiente resolución:

Resuelvo

1. Conceder, a las Entidades incluidas en la relación adjunta, las siguientes cuantías, con cargo a los créditos destinados a la Convocatoria de subvenciones del Organismo Autónomo Madrid Salud para el apoyo al mantenimiento de proyectos dedicados a la atención integral de las adicciones, realizados por entidades sin ánimo de lucro, en el ejercicio 2023, hasta un total de 147.161 euros.

2. Dichas cuantías se imputarán a la aplicación 508/120/311.02/489.01 "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro" del Programa "Adicciones" del presupuesto de 2023 del Organismo Autónomo Madrid Salud.

3. No conceder subvención a las entidades: Fundación Atenea Grupo Gid, Asociación Colectivo Alucinos-La Salle, Centro de Animación Social Valdeperales, Asociación Pro-Recuperación de Marginados, Asociación Hontanar y Mundo Justo, por no alcanzar la puntuación mínima (70 puntos) para obtener subvención.

4. No habiendo presentado en tiempo y plazo la aceptación de la subvención por parte de la entidad Onda Merlín Comunitaria Radio Sureste, y en aplicación del artículo 10 de las bases de la convocatoria, se procedió a conceder la subvención a la entidad Asociación Cultural Taller de Comunicación Radio Enlace.

5. Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá, en caso de disconformidad, interponer, en aplicación de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, y el artículo 52.1 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003 de 16 de diciembre de Medidas para la modernización del Gobierno Local, Recurso potestativo de reposición ante el propio órgano que la ha dictado en el plazo de un mes o directamente Recurso Contencioso Administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, todo ello sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno. Ambos plazos se computarán desde el día siguiente a la publicación de la resolución de concesión en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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Madrid, a 8 de agosto de 2023.—El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, Antonio Prieto Fernández.

(01/14.165/23)

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