Ayuntamiento de santa maría de la alameda - Ayuntamiento de santa maría de la alameda (BOCM nº 2023-177)

Santa María de la Alameda. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Vista la celebración de las elecciones municipales, el día 28 de mayo de 2023, y habiéndose procedido, el día 17 de junio de 2023, a la constitución de la nueva Corporación Local. En virtud de las atribuciones contenidas en los artículos 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se dictó la Resolución número 2023-0378, de 6 de julio de 2023, para la delegación de competencias que dice:

"Resolución de D.a Gloria de Castro García, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, de delegación de competencias.

Que, visto el resultado tras las elecciones municipales celebradas el pasado 28 de mayo de 2023, se constituyó la nueva Corporación municipal por sesión constitutiva, celebrada el 17 de junio de 2023.

La constitución de la Corporación municipal obliga a que se adopten medidas de organización y estructuración de áreas de actividad a fin de atender debidamente las demandas de antelación y servicio al ciudadano, dado que el incremento poblacional del municipio y la complejidad de las tareas necesarias para la adecuada prestación de los servicios municipales son factores que determinan la conveniencia de este proceder.

Vista la legislación reguladora de estas materias y, en especial, los artículos 21 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; los artículos 43 a 45, 114 a 118 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en virtud de las facultades que me están conferidas, D.a Gloria de Castro García, alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda, por la presente, resuelvo:

Primero.—Asumir la Concejalía de Seguridad, Personal, Sanidad, Ordenación del Territorio y Bienes Patrimoniales.

Segundo.—Conferir las siguientes delegaciones genéricas:

— A favor del primer teniente de alcalde, D. Pedro Antonio Aparicio Arias, las áreas de Obras, Mantenimiento y Conservación, Transportes e Infraestructuras y Festejos, Cultura, Turismo y Deportes.

— A favor del segundo teniente de alcalde, D. Luis Vozmediano Martínez, las áreas de Urbanismo, Hacienda y Subvenciones.

— A favor de la tercera teniente de alcalde, D.a Almudena García Lastra, las áreas de Educación, Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Tercero.—Las delegaciones genéricas así conferidas comprenderán todas las facultades, atribuciones, derechos y obligaciones referidos a las materias delegadas que corresponden al órgano delegante, incluso la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros con las solas excepciones de las facultades que resulten indelegables a tenor de lo dispuesto en la normativa aplicable.

Se exceptúan de la anterior delegación, las competencias en materia de contratación, la resolución de los recursos potestativos contra actos administrativos dictados por los órganos delegados, así como el área de Hacienda en materia de ejecución del gasto público, que quedan reservadas a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento de Santa María de la Alameda.

Cuarto.—Conferir las siguientes delegaciones especiales:

— A favor del concejal D. Óscar García Jiménez, las áreas de Medio Ambiente, Ganadería y Bienestar Animal, Nuevas Tecnologías y Digitalización.

Quinto.—Estas delegaciones especiales comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios propios de las materias delegadas, sin que incluyan la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros. Comprenden, en especial, estas delegaciones, las siguientes facultades:

1. El señalamiento de las directrices generales en las materias delegadas.

2. Hacer cumplir las órdenes de la Alcaldía, las ordenanzas municipales y, en general, todas las disposiciones que afecten al municipio en las materias delegadas.

3. Programar, gestionar, dirigir y fomentar los instrumentos propios de cada materia delegada.

Sexto.—Se delega la autorización y celebración de matrimonios civiles a todos los concejales de la Corporación, incluidos los no miembros del equipo de gobierno, en aquellas celebraciones que así le sea comunicado por esta Alcaldía, previa petición o conformidad del concejal respectivo.

Séptimo.—Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, a posteriori, con periodicidad semanal y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de este Ayuntamiento.

En consecuencia, corresponderá a esta Alcaldía la competencia para la resolución de los recursos de reposición contra los actos dictados por el órgano delegado.

Octavo.—Las delegaciones conferidas mediante el presente decreto requerirán para su eficacia la aceptación de los concejales-delegados, entendiéndose tácitamente aceptada si en el término de tres días hábiles contados desde la notificación, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

En los casos de ausencia, vacante o enfermedad estas competencias delegadas serán avocadas por la alcaldesa.

Noveno.—El presente decreto surtirá efecto desde el día de su firma, sin perjuicio de las preceptivas notificaciones y de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y portal de transparencia.

Décimo.—Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre. Y dar cuenta al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que este celebre, del contenido de la delegación, y notificar a los concejales afectados".

Lo que se publica para general conocimiento.

Santa María de la Alameda, a 17 de julio de 2023.—La alcaldesa-presidenta, Gloria de Castro García.

(03/12.753/23)

Ficheros adjuntos

Documentos descargables
"" https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php Lista creada! La lista ha sido creada y la noticia añadida correctamente. Lista modificada! El título de la lista ha sido modificada correctamente. Eliminar lista: @text@ ¿Estás seguro de que quieres eliminar esta lista? Todas las noticias que contiene serán desmarcadas. Lista eliminada! La lista ha sido eliminada correctamente. Error! Error al eliminar la lista. Aceptar Cancelar https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde.
8870 {"title":"Ayuntamiento de santa maría de la alameda - Ayuntamiento de santa maría de la alameda (BOCM nº 2023-177)","published_date":"2023-07-27","region":"madrid","region_text":"Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid","id":"8870"} madrid Ayuntamiento de santa maría de la alameda,BOCM,BOCM 2023 nº 177 https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php Resaltar Quitar resaltado https://govclipping.com/es/madrid/boa/2023-07-27/8870-ayuntamiento-santa-maria-alameda-ayuntamiento-santa-maria-alameda-bocm-n-2023-177 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.