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El Pleno del Ayuntamiento de Quijorna, vista la propuesta de la Alcaldía y los informes de la Secretaría-Intervención, por siete votos a favor (los del Grupo Populares de Quijorna) y cuatro abstenciones (dos del Grupo Municipal Vox, uno del Grupo Municipal Socialista y uno del Grupo Municipal Vecinos por Quijorna), de un total legal de once, acuerda lo siguiente:
Primero.—Que el alcalde, concejales/as-delegados/as y concejales tendrán dedicación, retribuciones e indemnizaciones que a continuación se indican:
A) Dedicación exclusiva:
— Alcalde.
— Segunda teniente de alcalde y concejala-delegada Cultura, Festejos, Seguridad, Protección Civil, Educación, Juventud, Mayores.
B) Dedicación parcial:
— Primer teniente de alcalde (40 por 100 de jornada: 15 horas semanales) y Concejalía-Delegada de Desarrollo Urbano, Vivienda Social, Economía, Hacienda, Turismo, Medio Ambiente.
— Concejal a tiempo parcial (20 por 100 de jornada: 7,5 horas semanales) y Concejalía-Delegada de Sanidad, Transportes.
— Concejal a tiempo parcial (20 por 100 de jornada: 7,5 horas semanales) y Concejalía-Delegada de Servicios Sociales, Igualdad, Mujer, Nuevas Tecnologías, Comercio, Industria.
Segundo.—Fijar como régimen de retribuciones para dichos cargos el siguiente:
— Alcalde: 41.832,00 euros anuales en catorce pagas. Cuyo titular actual es don Juan Carlos Pérez Carrasco.
— Primer teniente de alcalde: 12.084,80 euros anuales en catorce pagas. Cuyo titular actual es don Óscar Maroto García.
— Segunda teniente de alcalde: 30.211,86 euros anuales en catorce pagas. Cuya titular actual es doña Virginia García Barrero.
— Concejal a tiempo parcial: 2.265,90 euros anuales en catorce pagas. Cuya titular actual es doña Nuria Acebo Martín.
— Concejal a tiempo parcial: 2.265,90 euros anuales en catorce pagas. Cuya titular actual es doña Mireya Martínez Salas.
Dichas retribuciones tendrán efectos desde el día 17 de junio de 2023 (incluido) para todos/as los concejales/as.
Tercero.—Todas las personas que ocupen cargos con dedicación exclusiva o parcial serán dadas de alta en la Seguridad Social y el Ayuntamiento asumirá el pago de la cuota empresarial de la Seguridad Social que legalmente le corresponda.
Cuarto.—Fijar el siguiente régimen de asistencias a órganos de la Corporación:
— Por cada completa y efectiva sesión de Pleno a la que asistan los/as concejales/as que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 125,00 euros/sesión (87,50 euros por asistencia a plenos y 37,50 euros por dietas).
— Por asistencia completa y efectiva a sesiones o juntas de la Comisión Especial de cuentas a la que asistan los/as concejales/as que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 30 euros/sesión.
— Por asistencia completa y efectiva a sesiones de las Comisiones Informativas u otras comisiones o grupos de trabajos que se constituyan a las que asistan los/as concejales/as que desempeñen sus cargos sin dedicación exclusiva o parcial: 20 euros/sesión.
Quinto.—Que se inicie por la Secretaría-Intervención el expediente de modificación de créditos, en el caso de que sea necesario, para ejecutar el presente acuerdo.
Sexto.—Autorizar al alcalde para dictar cuantos actos administrativos y firmar cuantos documentos públicos o privados sean necesarios para ejecutar el presente acuerdo.
Quijorna, a 17 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Juan Carlos Pérez Carrasco.
(03/12.744/23)