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Transcurrido el plazo de treinta días establecido en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, sin que se hayan presentado reclamaciones contra el acuerdo provisional del Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 15 de febrero de 2023, por el que se modifica el artículo 7 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, se eleva a definitivo el citado acuerdo haciéndose público su contenido:
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos:
Artículo 7.o Tarifa.—La tarifa a que se refiere este artículo se estructura en los siguientes epígrafes:
A) Padrón de habitantes:
— Certificado de empadronamiento: 2 euros.
— Certificado de convivencia: 2 euros.
— Certificado de antigüedad en el padrón: 2 euros.
— Certificado de vecindad: 2 euros.
— Otros: 2 euros.
B) Catastro: rústico y urbano:
— Información literal: características, situación de finca, superficie, cultivo: 2 euros.
— Información gráfica (plano): 1 euro.
— Certificación catastral descriptiva: 2 euros.
— Certificación catastral descriptiva con linderos: 2 euros.
— Certificación catastral gráfica: 1 euro.
— Información literal gráfica y descriptiva: 3 euros.
— Certificación literal gráfica y descriptiva: 3 euros.
— Certificación catastral, con linderos, descriptiva y gráfica: 3 euros.
— Certificado de titularidad de bienes rústicos y urbanos: 2 euros.
— Otros: 2 euros.
C) Servicios de carácter urbanístico:
— Certificado de no tramitar o haberse tramitado expediente de infracción: 2 euros.
— Certificado de habitabilidad: 2 euros.
— Certificado de primera ocupación: 2 euros.
— Certificado de condiciones de habitabilidad: 2 euros.
— Otros: 2 euros.
D) Informes de carácter tributario:
— De estar exento de pago: 2 euros.
— De estar al corriente de pago: 2 euros.
— Otros.
E) Otros:
— Compulsas, por folio de documento simple: 2 euros.
— Compulsas, por folio de documento múltiple, cada folio: 2 euros.
— Fotocopia: folio 1 cara: 0,20 euros.
— Fax enviar 1 cara: 0,50 euros.
— Fax recibir 1 cara: 0,10 euros.
— Acceso a procesos selectivos de empleo (cada plaza): 30 euros.
Contra el acuerdo de provisional elevado a definitivo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo de acuerdo con la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Valdelaguna, a 11 de julio de 2023.—El alcalde, Pablo Morate.
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