Consejería de economía, hacienda y empleo - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-150)

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ORDEN de 20 de junio de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen las condiciones de una emisión de Deuda Pública verde de la Comunidad de Madrid por importe de 600.000.000,00 de euros.

El Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Economía Hacienda y Empleo, autorizó, en su reunión del 11 de enero de 2023, a disponer la realización de una o varias operaciones financieras a largo plazo por importe máximo de 3.540.694.200,21 euros, dentro del límite de endeudamiento establecido en el artículo 39 de la Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2022, prorrogados para el ejercicio 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los Presupuestos Generales para 2023 y, en todo caso, por el importe máximo y condiciones que sean fijadas por el Acuerdo de Consejo de Ministros que lo autorice. Todo ello, según lo establecido en el artículo 90 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid.

El Consejo de Ministros, en su reunión de 31 de enero de 2023, ha autorizado a la Comunidad de Madrid a formalizar operaciones de deuda a largo plazo hasta un importe máximo de 3.538.084.734,99 euros.

En virtud de los citados Acuerdos, dadas las condiciones actuales en el Mercado de Deuda Pública, se considera conveniente que la Comunidad de Madrid proceda a realizar una emisión de deuda pública verde con una vida de 5,34 años a tipo de interés fijo. El importe no excede de los límites autorizados por los referidos Acuerdos.

En razón de lo expuesto y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 95 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, y por el artículo 40.6 de la citada Ley 4/2021, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2022, prorrogados para el ejercicio 2023 con los criterios establecidos en el Decreto 137/2022, de 28 de diciembre, por el que se establecen los criterios de aplicación de la prórroga automática de los presupuestos generales de la Comunidad de Madrid para 2022, hasta la entrada en vigor de los presupuestos generales para 2023,

DISPONGO

Primero

Realizar una emisión de Deuda Pública verde con las siguientes características:

— Importe nominal máximo: 600.000.000,00 de euros.

— Modalidad: obligaciones.

— Fecha de emisión y desembolso: 29 de junio de 2023.

— Precio de emisión: 100 por 100 sobre el importe nominal de la emisión.

— Fecha de vencimiento: 31 de octubre de 2028.

— Amortización: Única, al vencimiento y a la par, libre de gastos para el tenedor.

— Representación de las obligaciones: Las obligaciones se representan mediante anotaciones en cuenta registradas a través del Sistema de Registro del Mercado de Renta Fija, AIAF, gestionado por la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores S. A.-Iberclear, siendo el importe nominal mínimo de negociación de 1.000,00 euros.

— Negociación de los valores: Mercado de Renta Fija AIAF.

— Suscripción: La suscripción de las obligaciones se realizará a través de las entidades colocadoras mediante el procedimiento de "book building". El importe total de la emisión se adjudicará a cada entidad inversora adjudicataria proporcionalmente al importe solicitado y precio adjudicado, y se anotará en las cuentas de valores de los miembros del Mercado de Renta Fija AIAF que determinen las citadas entidades inversoras adjudicatarias.

— Cupón: 3,362 por100 fijo nominal anual, base Act/Act ICMA, no ajustado, convención día siguiente, pagadero en los aniversarios, comenzando el 31 de octubre de 2024 (primer cupón largo).

— Otras condiciones: De acuerdo con la normativa aplicable a las Comunidades Autónomas, la presente emisión disfrutará de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda Pública del Estado.

Segundo

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 20 de junio de 2023.—El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, P. D. (Orden de 3 de diciembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio de determinadas competencias y se desconcentra Protectorado de Fundaciones, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de diciembre), el Director General de Política Financiera y Tesorería, Rodrigo Robledo Tobar.

(03/10.962/23)

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