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La rectificación de errores de los actos de la Administración se regula en el artículo 109.5 de la Ley 39/2015, que dispone que: "Las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancias de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos". Dicha norma resulta de aplicación supletoria a la Ley 9/2017 en virtud de su disposición final cuarta. Por su parte, el artículo 75.2 del RGLCAP, dispone que "Cualquier aclaración o rectificación de los anuncios de contratos serán a cargo del órgano de contratación y se hará pública en igual forma que que estos, debiendo computarse, en su caso, a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para la presentación de proposiciones". Por lo que se procede, a su vez, a la correspondiente modificación de plazos en la presente resolución. De conformidad con lo anterior, esta Dirección-Gerencia
DISPONE
Acordar la correspondiente rectificación del anuncio, de 6 de febrero de 2023, de la convocatoria del citado contrato de forma que:
— Fecha límite de obtención de documentación e información: 21 de marzo de 2023, a las14:00 horas.
— Fecha límite de presentación de ofertas: 27 de marzo de 2023, a las 23:59 horas.
— Fecha de apertura de ofertas económicas y criterios de evaluación automática: 12 de abril, a las 10:00 horas.
Queda inalterado el resto del texto del citado documento.
En Parla, a 22 de febrero de 2023.—El Director-Gerente del Hospital Universitario "Infanta Cristina", Carlos Mingo Rodríguez.
(01/3.413/23)