Consejería de medio ambiente, vivienda y agricultura - Otras disposiciones (BOCM 2023-40)

Resumen autogenerado por OpenAI

Audios generados (reproducción automática)

Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.

ACUERDO de 8 de febrero de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y paseo de los Jesuitas, del distrito de Latina (Madrid).

I. La Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid tiene por objeto subsanar el error detectado en la calificación urbanística de la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, del Distrito de Latina.

El error consiste en que, en la documentación del Plan General de Ordenación Urbana de 1997, el Plano de Ordenación O-72/6 otorga a la manzana un uso dotacional de equipamiento religioso privado, correspondiéndole realmente un uso residencial cualificado, en aplicación de la Norma Zonal 4, relativa a la edificación en manzana cerrada.

La manzana tiene una superficie total de suelo de 726,13 m2 y está formada por dos fincas catastrales. Dispone de dos portales independientes que tienen acceso desde la vía pública al interior de las construcciones a través de la calle Alcázar de San Juan, n.o 16 y la calle Santa Áurea, n.o 2. Asimismo, cuenta con locales comerciales en planta baja.

II. La Modificación Puntual No Sustancial se lleva a cabo a iniciativa pública, partiendo de la Resolución de 19 de noviembre de 2020 del Director General de Planeamiento del Ayuntamiento de Madrid que dispone el inicio de los trabajos y de las actuaciones pertinentes para subsanar el error apreciado en el Plan General de Ordenación Urbana de 1997 al asignar a la manzana un uso dotacional para equipamiento religioso privado que nunca ha tenido, puesto que, desde su origen en 1968, fecha de construcción de los dos edificios que la delimitan, se le atribuyó un uso residencial que se mantiene a fecha actual.

El origen del error radica en el hecho de que la ficha de dotación número A00648 del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 ha asignado a la manzana un uso religioso privado para la parroquia de Santa Justa y Santa Rufina que no se ubica en ella, sino en un local comercial de la manzana contigua.

Por ello, procede la subsanación del citado error mediante el ajuste de la calificación urbanística de la manzana a la realidad, reconociéndole un uso residencial cualificado, idéntico al que tienen sus parcelas colindantes y las manzanas próximas, de acuerdo a las condiciones establecidas en la ya citada Norma Zonal 4.

III. En consecuencia, la Modificación Puntual No Sustancial lleva aparejada la corrección de los siguientes documentos del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid vigente:

— Hoja O 72/6 M del Plano de Ordenación, en la que se elimina la trama que califica la totalidad de la manzana de uso dotacional en su clase de equipamiento privado.

— Hoja G 72/6 M del Plano de Gestión, en la que se elimina la trama que señala la totalidad de la manzana como un equipamiento existente.

— Fichas de Ordenación de la Dotación, respecto de las que se suprime la ficha existente para la parcela con el código A00648, correspondiente al equipamiento privado.

— Catálogo de Dotaciones, en el que se elimina el código de catálogo A00648, correspondiente al equipamiento privado para la manzana.

Esta corrección del error supone, a su vez, la supresión del Área Dotacional Privada 01 del distrito 10 Latina (ADP 10.01.28) y la inclusión de la manzana dentro del Área de Reparto (AUC) existente (AUC.10.01.02).

La subsanación no afecta a la clasificación del suelo en el que se asienta la manzana. Asimismo, se mantienen también las alineaciones oficiales establecidas por el vigente Plan General de Ordenación Urbana.

Por tanto, la Modificación Puntual No Sustancial no conlleva actuaciones de transformación urbanística, ni exige nuevas obras de urbanización o el establecimiento de cargas adicionales o extraordinarias, ni tampoco la prestación de nuevos servicios por parte de la Administración, no alterándose en modo alguno la realidad material existente, limitándose a alterar la documentación gráfica relativa a esa manzana con el fin de adecuarla a la realidad preexistente al Plan General de 1997.

IV. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 16 de noviembre de 2022, la propuesta ha sido valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.

V. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, del Distrito de Latina, con fecha 19 de enero de 2023, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ha emitido informe técnico favorable a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno. Asimismo, con fecha 20 de enero de 2023 ha emitido informe jurídico favorable a la mencionada aprobación.

VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

VII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 31 de enero de 2023, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 24 enero de 2023, informó favorablemente la Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, del Distrito de Latina (Madrid).

VIII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

IX. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 31 de enero de 2023, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 8 de febrero de 2023,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual No Sustancial del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid para la manzana situada entre las calles Alcázar de San Juan, Santa Áurea, Magín Calvo y Paseo de los Jesuitas, del Distrito de Latina (Madrid).

Segundo

Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 8 de febrero de 2023.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/2.257/23)

2046 {"title":"Consejería de medio ambiente, vivienda y agricultura - Otras disposiciones (BOCM 2023-40)","published_date":"2023-02-16","region":"madrid","region_text":"Madrid","category":"boa","category_text":"Boletin Oficial Autonómico","image":"https:\/\/govclipping.com\/webapp\/assets_v2\/images\/icons\/flags\/logo-bandera-madrid.png","id":"2046"} madrid BOCM;BOCM 2023 nº 40;Consejería de medio ambiente, vivienda y agricultura;Otras disposiciones https://govclipping.com/modules/controller/ReferencesController.php Resaltar Quitar resaltado false https://govclipping.com/modules/controller/ArticlesController.php https://govclipping.com/modules/controller/SubsidyController.php https://govclipping.com/modules/controller/UserDatasetActionsController.php https://govclipping.com/search Error "" region subsidy initiative Error Ha habido un error: {error}. Inténtalo de nuevo más tarde. Elemento guardado en la lista El elemento ha sido modificado Elemento eliminado de la lista Guardar para leer más tarde Aceptar Cancelar No se han encontrado artículos adicionales. https://govclipping.com/modules/controller/NewslettersController.php ¡Suscripción realizada! Te has suscrito correctamente a la newsletter de GovClipping. Algo salió mal No ha sido posible suscribirte a la newsletter. Vuelve a introducir tu email o inténtalo de nuevo más tarde. Error No se ha podido enviar la alerta de prueba a tu correo electrónico {email}. Inténtalo de nuevo más tarde. Alerta de prueba enviada Se ha enviado una alerta de prueba únicamente a tu email {email}. Revisa tu carpeta de Spam y añade @govclipping.com a tu lista de contactos. Enviar email de prueba Se enviará un email de prueba únicamente al correo electrónico de esta cuenta. Si no lo recibes, revisa tu carpeta de Spam. Enviar a todos los destinatarios Se enviará el correo electrónico a todos los destinatarios. Si no lo reciben, revisen su carpeta de Spam. Error No se ha podido enviar el correo electrónico a todos o algunos de los destinatarios. Inténtalo de nuevo más tarde. Correo electrónico enviado Se ha enviado el correo electrónico a todos los destinatarios. Revisen su carpeta de Spam y añadan @govclipping.com a su lista de contactos. Este contenido está disponible para usuarios premium Mejora tu cuenta a Professional para desbloquear y acceder todo el contenido premium sin restricciones. Consulta todas las ventajas de ser Professional en Planes de suscripción. Mejora tu cuenta https://govclipping.com/pricing Enlace copiado en portapapeles. Tu cuenta no está asociada a un Organización. Únete a uno o actualiza tu suscripción para crear tu propia Organización. https://govclipping.com/es/madrid/boa/2023-02-16/2046-consejeria-medio-ambiente-vivienda-agricultura-otras-disposiciones-bocm-2023-40 https://govclipping.com/signup https://govclipping.com/modules/controller/UserController.php Sector económico actualizado! El sector económico de tu perfil ha sido actualizado correctamente. Error Por algún motivo no hemos podido tramitar la petición. Vuelve a intentarlo más tarde.