Audios generados (reproducción automática)
Los audios se reproducen de forma automática uno detrás de otro. Haz clic en el icono para descargar el audio o aumentar/disminuir la velocidad de reproducción.
Debido al tamaño del artículo, la generación del audio puede tardar unos segundos y es posible que se generen varios audios para un mismo artículo.
Examinado el texto del Acuerdo de Adhesión al Convenio Colectivo Nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional de la Empresa Avance Bya, S. L., suscrito por la Comisión Negociadora del mismo el día 18 de octubre de 2022, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General
RESUELVE
1. Inscribir dicho Acuerdo de Adhesión en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.
2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.
Madrid, a 30 de enero de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.
ACTA DE ADHESIÓN A CONVENIO COLECTIVO
En Madrid, a 18 de octubre de 2022.
REUNIDOS
De una parte, la representación empresarial de Avance Bya, S. L., y de otra, la representación social, compuesta por las personas seguidamente relacionadas:
Por el Comité de empresa
Yolanda Doreado Fernández.
Fermín Pajuelo Sánchez.
Florentina Raluca Albu.
Adán Core Sumba.
Mercedes Pintado Cantalero.
María Luisa Frutos Almena.
María Dolores Ortega Liébana.
María Luisa Villena Rodríguez.
Pilar Burgos García.
Por la representación de la empresa
Rafael Moreno San Matías.
María Teresa Marcos.
Ernesto Domínguez Cano.
Valeriano Domínguez Domínguez.
EXPONEN
Primero
Que se reconocen recíprocamente capacidad y legitimación suficiente para el objeto del presente Acuerdo, según lo dispuesto en el artículo 87 del Estatuto de los Trabajadores.
Segundo
Que no existe afectación por ningún convenio colectivo en vigor.
ACUERDAN
1. La adhesión en su totalidad al Convenio Colectivo Nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional (Código 99016925012009), actualmente en vigor y con efectos desde el 1 de noviembre de 2022.
2. Dar traslado inmediato de este acuerdo a la Autoridad Laboral a efectos de registro y publicación.
Y por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.1 del Estatuto de los Trabajadores, suscriben la presente acta de acuerdo de adhesión al Convenio Colectivo Nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo, para actividades de reposición y servicios de marketing operacional en su totalidad y con efectos de 1 de noviembre de 2022.—Los asistentes (firmado).
(03/1.788/23)