Aprobado el anteproyecto del decreto que regula las pruebas de acceso a los estudios universitarios en La Rioja para personas mayores de 25 y 45 años
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La norma permite disponer de un marco normativo estable que garantiza la correcta organización y funcionamiento del proceso de admisión de este colectivo a los estudios oficiales de grado, así como la constitución y regulación de la comisión organizadora de la prueba
El Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería de Educación y Empleo, ha aprobado hoy, día 29, el anteproyecto de decreto que regula las pruebas de acceso a los estudios universitarios en la Rioja para personas mayores de 25 y de 45 años de edad. La norma permite disponer de un marco normativo estable que garantiza la correcta organización y funcionamiento del proceso de admisión de estos colectivos a los estudios oficiales de grado en la comunidad autónoma, así como la constitución y regulación de la comisión organizadora de la prueba. Hasta ahora, este acceso estaba regulado por una orden de 2015 que queda derogada.
A través de este decreto se crea la comisión organizadora de las pruebas de acceso que se reunirá en pleno como mínimo, tres veces en cada curso escolar, una de ellas, preferentemente, al inicio del curso. La comisión estará integrada por los siguientes miembros natos: la persona que ejerza la jefatura del servicio con competencias en materia universitaria de la Comunidad Autónoma, que la presidirá; la persona titular del vicerrectorado de la Universidad de La Rioja (UR) con competencias en materia de estudiantes o persona en quien delegue, y la persona titular del vicerrectorado de la Universidad Internacional de La Rioja (UNIR) con competencias en materia de estudiantes, o persona en quien delegue, que actuará con voz, pero sin voto. Por otro lado, y como miembros electos, formarán parte: 1 docente de la UR, 1 funcionario de la UR, 3 funcionarios del servicio con competencias en materia universitaria del Gobierno de La Rioja y 1 representante de UNIR, que actuará con voz, pero sin voto.
Serán funciones de la comisión organizadora coordinar la prueba de acceso; garantizar el secreto del procedimiento y el anonimato de los ejercicios; designar y constituir los tribunales calificadores, aprobar los calendarios y características generales de las pruebas y adoptar cuantas medidas resulten necesarias para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, entre otras.
Requisitos de los candidatos y estructuras de las pruebas de acceso
Podrán acceder quienes cumplan o hayan cumplido los 25 años o los 45 en el año natural en que se celebre la prueba, se encuentren en posesión del título de Bachillerato cursado en el sistema educativo español y no hubieran superado la prueba de acceso a la universidad prevista en el artículo 38 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Para los mayores de 25 años, la prueba contará con una fase general y otra específica. La fase general comprenderá tres ejercicios referidos a los siguientes ámbitos: comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad, lengua castellana y lengua extranjera, a elegir entre alemán, francés, inglés, italiano o portugués. Por su parte, la fase específica de la prueba se estructurará en cinco opciones: artes y humanidades, ciencias, ciencias de la salud, ciencias sociales y jurídicas, e ingeniería y arquitectura.
Para los mayores de 45 años, la prueba de acceso comprenderá un comentario de texto o desarrollo de un tema general de actualidad, y un ejercicio de lengua castellana. Además, los candidatos deberán realizar una entrevista personal cuyo objetivo será detectar las aptitudes, cualidades y preferencias, determinando los estudios universitarios de grado que mejor encajan en su perfil, e incrementar las expectativas de éxito de quienes acceden a la universidad por esta vía.