Informacion pública: Modificación de la Ley 7/2023, de 20 de abril, de Igualdad efectiva de Mujeres y Hombres de La Rioja.
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Nueva redacción de las letras a, b y d, del artículo 12, apartado 2, y del apartado 3 del artículo 18, en lo que respecta a las funciones del Consejo de Participación para la Igualdad. 2025/000292
Diagnóstico breve
Adecuar las funciones del Consejo de Participación para la Igualdad a la realidad organizativa y estructura de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Propuesta inicial
La aprobación de la Ley conllevó la regulación de varios órganos y unidades para la consecución de la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, referido a la organización y la coordinación. Entre ellos, el Consejo de Participación para la Igualdad como órgano consultivo y de participación superior en la Comunidad Autónoma de La Rioja en materia de igualdad de mujeres y hombres.
La redacción actual de este artículo obedece a una reproducción prácticamente literal de artículos de otras leyes autonómicas que cuentan con otra estructura y organización, mucho más extensa, en cuanto a órganos especializados y con competencias y/o funciones en materia de igualdad de oportunidades de mujeres y hombres.
Por ello, y ante la necesidad y la importancia de contar con un órgano que sirva de cauce de participación de diferentes entidades y colectivos, y en especial de las mujeres, en la consecución efectiva del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, y en la lucha contra la discriminación por razón de sexo, en aras de fomentar el asociacionismo y la participación social y política de las mujeres, resulta preciso adecuar sus funciones a la realidad organizativa y estructura de esta Comunidad.
Objetivos
Adecuar las funciones asignadas al Consejo de Paricipación para la Igualdad a la realidad organizativa y estructura de esta Comunidad, agilizar su funcionamiento, dotarlo de mayor eficacia y garantizar un óptimo desempeño de sus funciones para alcanzar el fin último; la consecución de una sociedad más justa e igualitaria para las mujeres y los hombres mediante la participación del tejido social y asociativo, así como de otras organizaciones, y en especial